Confederación General de TrabajadoresStrikeWorking Class

ADELANTE San José, 20 de Junio de 1954 INCONSTITUCIONAL LA CLAUSULA SOBRE SALARIOS del Nuevo Contrato Bananero Dice la CGTC. en documentado memorial dirigido a la Asamble Legislativa La ha expuesto ante la Asamblea Legislativa sus puntos de vista contrarios a la cláusula primera del nuevo Contrato Bananero, que se refiere al problema de los salarios mimmos un estudio muy bien to cumentado, que por su gran importanca reproducimos integro: San José, 17 de Junio de 1954.
Señores Secretarios de la Asamblea Legislativa Sa ón de sesiones.
Señores Secrerarios: La Confederación General de Trabajadores Costarricenses desca expo.
ner por este medio a la Asamblea Legislativa las razones en las cuales fundamenta su oposición a la cláusula primera del nuevo Contrato Bananero, que se refiere al sistema convenido entre el Gobierno y las Compañías para la fijación de los salarios mr.
nimos.
El convenio a que ha llegado el Gobierno con la United Fruit Comp4 ny establece que durante un período de dos años LOS DECRETOS QUE SE DICTEN NO PODRAN IMPONER LAS COMPAÑIAS EN LAS ACTIVIDADES AGRICOLAS QUE SE DEDICAN SALARIOS MINIMOS MAYORES QUE LOS ESTIPULADOS EN EL MENCIONADO DECRETO NO 10 DE 21 DE MAYO DE 1954. u sean. 13. 60 para explotaciones de compromiso de fijar los salarios míbariano y cacao y de 11. 60 para a nimos para las actividades de la Unibacá y palma africana, cozno salario ted con base, exclusivamente, en los diario en jornada ordinaria.
indices de precios y costo de vida Pensamos que este compromiso asu lleve la Dirección General de Estamido por el Poder Ejecutivo debe dística y Censos. El salario mínimo ser rechazado por la Asamblea Legis debe procurar al trabajador bien latina, por la sencilla razón de que estar y existencia digna (Art. 57 de se opone y viola la Constitución Po la Constitución Política. y la verdad litica en su artículo 57, que textual es que fijando los salarios mínimos mente dice: con base en los índices dichos, y sin Todo trabajador tendrá derecho tomar en cuenta otros factores econoa un salario mínimo de fijación pemicos, no se podrá nunca alcanzar el riódica, por jornada normal, que le objetivo que señala la Constitución procure bienestar y existencia digna. Politica. Los salarios mínimos deben El salario será siempre igual en idénser fijados tomando en cuenta no sóticas condiciones de eficiencia.
lo los índices de precios, sino tamTodo lo relativo a fijación de 57bién, y en primer término, el marJarios mínimos estará a cargo del orgen de utilidad de las empresas. Tam ganismo técnico que la ley determibién deben tomarse en cuenta las conne.
diciones de clina, sanitarias y de orY ese organismo técnico es el Conden social, que ameritan un salar. o sejo Nacional de Salarios, que debe mínimo más alto, como sucede en el hacer las fijaciones cada dos ancs; pecaso particular de las regiones donde ro la misma Ley establece el derecho opera la United Fruit Co.
de trabajadores y patronos a plantear en esta misma cláusula hay otra la revisión de los Salarios fijados en estipulación que viola los derechos de el momento que estimen conveniente.
la clase trabajadora establecidos en Es claro que un contrato entre el el Código de Trabajo, que es una ley Estado y una empresa privada de orden público. Nos referimos al puede modificar una ley de orden púcompromiso de que las Compañías blico, como lo es la del Consejo Nano están obligadas a someterse al cional de Salarios, y mucho menos procedimiento de arbitraje cuando violar las garantías que claramente fracasa la conciliación en los conflicestablece la Constitución Política en tos Colectivos de Carácter Económisu artículo 57.
co y Social. Como es sabido, el CódiTambién resulta inconstitucional el go de Trabajo establece el procedi miento de arbitraje como un recurso de los trabajadores, que en el caso de no Sta. CRUZ de GUANACASTE AZOTADO colas resulta ser el único camino lepor la especulación y el médico del pueblo colas resulta ser el único camino legal por no existir el derecho de huelga. De acuerdo con el Contrato Bananero en discusión, resulta que sólo en el caso de que la United lo acepte voluntariamente podrá haber arbitra je. Es indudable que esto se opone ai artículo 368 del Código de Trabajo, que dice: Hemos recibido de Santa Cruz de tienen qué comer y no hallan qué haGuanacaste una información que reve cer. Por otro lado, la especulación nos la el estado de miseria que está pade está comiendo vivos; el arroz y los fri ciendo la clase trabajadora de esa lo joles, el azúcar y el café, todo està calidad, y la explotación sin límite de por las nubes. La Unidad Sanitaria se los comerciantes especuladores, la fal acabó. El Doctor del pueblo sólo dita de atención médica y sanitaria pa nero es, y si es mujer que a él le gusra las gentes pobres y los abusos in ta la encierra en un cuartucho y le calificables que está cometiendo el dice que se quite el vestido y demás médico del pueblo. Dice textualmente prendas de manera que quede lista pa la información: ra él; con dos mujeres ha tenido cho Esto aquí anda muy mal. No se en ques por estos abusos.
cuentra dónde ganar. Hay varios hoHasta aquí el informe recibido.
gares pobres llenos de familia que no Que juzgue el lector.
en No será permitida la huelga en los servicios públicos. Las diferencias que éstos ocurran entre patronos y trabajadores, así como en todos los demás casos en que se prohibe la huelga, se someterán obligatoriamente al conocimiento y resolución de los Tribunales de Trabajo. Pasa a la Pág. 2)
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