16 REGENERACION tén de las instituciones (nunca ha sido tal garla, escogidos de entre los que el arbien nuestro país. ni es la esperanza de la trario Prefecto había designado caprichoPatria (pobre Patria si en el cifrara sus es samente como instigadores de los delitos.
peranzas. ni da prestigio y lustre la Esa pena faé notificada verbalmente Nación, sino que se ha convertido, más los interesados por el Comandante de Pobien dicho, siempre ha sido una carga pe licia, advirtiéndoles que si no las enterasada inútil, que absorbe las rentas pú ban en el término do cuatro horas, serian blicas en perjuico de la instrucción públi encarcelados y sufrirlan quince treinod, y que, además, para sostenerlo, se au ta días de arresto. Las víctimas de las iras mentan los impuestos, se implantan gabe del Prefecto, para evitarse las vojaciones las y se extorsiona al contribuyente con con que los amenazaba ese funcionario, endetrimento de la agricultura que mue teraron las multas; pero dos de ellos, los re de inanición.
Sres. Juan Canobbio y Ernesto Lorda, distinguidas personas del comercio de aquella plaza, advirtieron por escrito que hacían Prefecto arbitrario. ese entero en depósito para los efectos del art. 788 del Código de Procedimientos Federales, pues desde luego ocurrirfan, como El Prefecto de Mazatlán, Sin. Dr. Mar ocurrieron, ante el Juez de Distrito on tiniano Carvajal, alentado por la protección demanda de amparo, y los demás pidieron del Gobernador Cañedo, que protege todo que se revisara la pena por el Gobernador lo malo incuba todo lo inepto, ha mos Canedo, quien, complaciente y servicial trado su saña de funcionario pasional en uu con todo subordinado arbitrario, las confirasunto en que es parte.
El 31 de Mayo anterior, se suscitó on la Prefecto lo había informado verbalmente mó, expresando en su resolución que el plaza de toros de Bellavista de aquella Ciuque eran justificadas las multas. Gobernadad, un escándalo motivado por la comple dor y Prefecto son igualmente despóticos.
ta inutilidad para la lidia del ganado que Mientras tanto, el amparo promovido 50 pretendió poner en juego. El público por los Sres. Canobbio Lorda, pasaba exigia que se asegurase el producto de las por un viacrucis en el Juzgado de Distrito.
entradas para que fuese devuelto; pero no Bien saben nuestros lectores que este funestando presente ningún funcionario supe cionario federal es uno de los más serviciarior que decidiese el conflicto, el empresa les para con Cañedo cuando de tropelías se rio se marchó con el producto referido, lo trata. pesar de que el Prefecto Carvajal que exasperó la indignación pública que nojustificó su informe demostrando la legal se tradajo en la destrucción de la plaza.
Pocos momentos después, se presentó el bió comprobar, el Juez de Distrito negó la aplicación de la multa un hecho que dePrefecto ante un grupo de pueblo amoti suspensión del acto reclamado, fundándose nado fuera de la plaza, y como pretendiese en que ya se habían enterado las multas.
disolverlo por la fuerza, le arrojaron algu.
Cierto es que los quejosos, para evitar nas piedras, de las que una le tocó en la nariz, produciéndole abundante henorra multas antes de promover el amparo; pero su encarcelamiento, habían enterado las gia.
Los hechos se consignaron al Juez en cutora que las mantuviese en depósito para al enterarlas pidieron a la autoridad ejeturno y ante el comparecieron algunos in los efectos del art. 488 mencionado, pues dividuos que el Prefecto mandó a prehon conforme este artículo, que no ha de conoder, y otras personas a quienes este funciocer ol Juez de Distrito, la suspensión no nário designó caprichosa y arbitrariamente vita el entero de la cantidad, sino que, como instigadoras de los delitos mencionados. Practicada por el Juez la averigua mento para el efecto de quedar en depósipor el contrario, exije que se haga previación, resolvió que los aprehendidos fuesen to mientras se resuelve el juicio de amparo.
puestos on libertad y que los citados se re. Pero, repetimos, ese Juez de Distrito, o iga tirasen, puesto que no aparecía dato algu nora la ley, finge ignorarla para satisfano que comprobase su delincuencia, Pero el Prefecto no se conformó con esa cor torpes pasiones.
Afortunadamente, el auto del Juez está resolución judicial, sino que, convirtiéndoon revisión ante la Suprema Corte, la quo se en Juez y parte, de lo que gustan mu sabrá puntualizar todos los atropellos de cho los funcionarios que llevan su arbitrariedad hasta el despotismo, y deseando quo se quojan los Sros. Canobbio y Lorda.
vengar la cariñosa manifestación do que fué objeto, impuso multas de 25 a 30 pesos todos los que tenian posibilidad de pa Tur. LITERARIA, BETLEMITAS Mús.