BourgeoisieCapitalismCommunardsDemocracyIndividualismPrivate PropertySocialismURSSViolenceWorkers FederationWorkers MovementWorking ClassWorld War

PAGINA No. L B R No. PAGINA L B R NOTAS LA ANECDOTA LABORISTA PROBLEMAS DE ORGANIZACION ESTRUCTURR SINDICAL EL PROBLEMA AGRARIO PERUANO Del al Sindicato Sindicato de oficio de producción LA COMUNIDAD INDIGEN יוסי POR ABELARDO SOLIS Véace el No. anterior de Labor La doctrina política y económica del novisimo partido es una colección de curiosas chirigotas, cuando no se reduce a un rosario de inocuos y gastados lugares comunes. Así, ante los conflictos entre el capital y el trabajo, no se manifiesta entusiasta arbitraje, porque la taumatúrgica acción de este partido se propone suprimir esos conflitos. Cómo. Se trata, acaso, de un partido levolucionario, que mira a la abolición de las clases? Absolutamente nó. ΕΙ partido laborista denuncia como perniciosas, disolventes y diabólicas las ideas revolucionarias. Pero se imagina suprimir los conflictos entre el capital y el trabajo, con patriarcales y razonables aunque asmáticos, consejos a obreros y patrones. Algunos manifiestos redactados en estilo de recurso o petición a alguno de los poderes públicos. capaces de entusiasmar sin embargo a una asamblea de indefinidos y cesantes. y algunos comparsas reclutados en el artesanado mutualista. bastan para resolver a legremente la cuestión social. Discretos y medidos subsidios de la burguesía y un poco de música de cachimbos. harían el resto.
Para que nada falte a la salsa criolla de este suceso político, sucede que son dos los grupos que se disputan el derecho a llamarse partido laborista. De un lado, están el jefe nato y sus adeptos; de otro lado los laboristas de todos los tiempos: el elenco de la Confederación de Artesanos y de otros centros representativos del mismo género.
El asunto, por fortuna, pertenece a la crónica, nó a la historia, y desde el punto de vista folklórico está por debajo de cualquier tondero o resbalosa Como en el Perú no deben faltar nunca las caricaturas y las parodias. sobre todo cuando se hacen protestas de rabioso nacionalismo, la flora politica nacional exhibe desde hace poco un sedicente Partido Laborista Este partido, que ambiciona nada menos que a representar politi camente a la clase obrera, tiene su origen en elementos de pequeña burguesía, de tipo burocrático y constitucional y muestra en sus confusos documentos unas veces la más extravagante concepción y, otras veces la mas criolla ignorancia del socialismo, aún modestamente atenuado a aquello que es posible designar con la palabra laborismo. El partido laborista o del trabajo, que en Inglaterra y otros países, ha surgido como un natural movimiento político de los gremios o sindicatos obreros, en el Perú pretende brotar artificialmente de una tertulia de empleados cesantes jubilados, que como todos los pequenos burgueses del mundo se sienten portadores de alguna buena e infalible receta social y política.
Desde su organización hasta su lenguaje, el presunto partido laboris.
ta del Perú. absolutamente extraño las masas obreras que aspira a representar acusa resabios de caceris.
mo y de burocracia. Tiene un jefe nato, en vez de un presidente o un secretario general, como cualquier partido democrático, aunque no es la consecuencia de un fenómeno de caudillaje, si no algo mucho menos serio. pero no menos criollo. LAS DIFERENCIAS ENTRE AMBOS TIPOS DE ORGANIZACION.
LAS CARACTERISTICAS DE LA ARISTOCRACIA OBRERA.
EL PROCESO DE TRANSFORMACION DE LOS SINDICATOS EN EUROPA, EN LA RUSIA SOVIETICA EN LA AMERICA LATINA esta es ros.
tocracia obrera.
Pero, la estructura de sindicatos por oficios, no solamente colabora en la creación y formación de la aristocracia obrera, sinó, que está. inte.
gramente amoldado a los intereses de ésta, es decir, de las capas privilegia.
das.
Ahora. cuáles son, en cambio, los costados positivos y los beneficios que reporta a la clase obrera el nuevo ti.
po de organización y de estructura sindical por industria?
Primero, pasan a segundo orden los estrechos intereses corporativos de las diferentes capas profesionales. Se.
gundo: ec hunde el piso en el cual está cimentada la rivalidad entre las dife.
rentes categorías de trabajadores. Tercero; desaparecen los intereses de una determinada categoría y aparecen los intereses de todos los trabajadores.
Cuarto; aumenta la fuerza combativa y la eficacia de los golpes de los trabajadores contra los capitalistas. Quinto; desaparecen todos los roces internos y los trabajadores se hallan más unidos. Pero, el beneficio más efectivo del sindicato por industria. está en que sirve de fundamento para la unificación de los trabajadores como clase, y como punto de partida inicial para convertir a los dispersos proletarios en una clase unida y consciente de su destino histórico.
una premisa necesaria para convertir las mezquinas luchas económicas err una lucha de toda la clase obrera contra toda la clase burguesa.
Tales son los beneficios que repor.
tan a la clase obrera los sindicatos basados en el principio de la producción.
Sin embargo, a pesar de que es.
tos principios son muy sencillos eso no quiere decir que hayan sido comprendidos por todos los trabajadores y, sobre todo, por los dirigentes obrePues, una de las particularidades más importantes del movimiento obrero internacional radica, precisamente, en ésto; en que muchas y muy elementales verdades no han penetrado todavía en la cabeza de los trabajadores, aún de los países capitalistas más avanzados. En este sentido, podemos establecer el siguiente hecho.
por cierto, muy curioso: que los trabajadores norteamericanos e ingleses, que tienen un nivel económico y un nivel de vida. elevado, ideológica y com bativamente están, en cierto sentido.
más atrás, en estos momentos, que los trabajadores de China, de Java, aún de la América Latina, etc. etc. Es que un alto nivel de vida económica no significa, necesariamente, un alto nivel de conciencia y combatividad proletaria. Sobre este aspecto escribiremos en otra oportunidad.
Ahora es necesario señalar, que el proceso de transformación de las viejas formas a las basadas en el nuevo principio, encuentra en su camino enormes dificultades, dado que los burócratas sindicales, ven, en esa trans formación, afectados sus intereses. Pero, contra todo, el proceso viene realizándose ya en muchos países. En Inglaterra este proceso marcha muy lentamente, pero marcha. Hasta ahora, a excepción del sindicato de mineros, no existe alli ningún sindicato de producción, porque los dirigentes de al.
gunas organizaciones no quieren unificarse con los otros sindicatos. Solamente las crueles derrotas que se su.
fren en la lucha contra los patrones, obligan a la masa trabajadora a transformar sus sindicatos, en contra may a menudo, de la voluntad de sus diri.
gentes.
LA ESCUELA UNICA El seun Si bien es cierto que el viejo tipo de sindicato por oficio puede encontrarse, todavía hoy, en Inglaterra. país donde nació y creció. en Alemania, en Francia y, sobre todo, en la América, no es menos cierto que en varios países de joven movimiento obrero, la estructura de los sindicatos desde sus comienzos, ha sido diferente.
En la Unión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, por ejemplo, cuando se comenzó la formación de sindicatos, ya se había tomado en cuenta la experiencia negativa de las uniones gremiale por oficio y, por eso, desde el principio, los trabajadores rusos crearon sus sindicatos por industria, y sobre la base de la producción.
De este modo, en materia de estructura sindical, en la actualidad, encontramos dos polos completamente opuestos: de un lado la subsistencia del viejo tipo de estructura en Inglaterra y Norte América, países clásicos y tipicos, y de otro lado la nueva estructura sindical aplicada integramente, y con éxito ejemplar, en la Unión Soviética.
En los Estados Unidos, más que en Inglaterra, los sindicatos están basados en el principio de organización por oficio, y en la Unión Soviética están basados completamente en el principio de sindicatos de producción. En Inglaterra existen 135 sindicatos independien. es, que agrupan a 300. 000 miembros. En Norte América 112 agrupaciones centrales abarcan a 800.
000 miembros. en nuestros países, por ejemplo en la Argentina han habido Congresos de la Federación Obrera Regional Argentina, del o, con 200 sindicatos de oficio representados, que no llegaban a agrupar 100. 000 mienbros, y Congresos de la donde estuvieron representados 150 sindicatos que apenas representaban unog 30. 000 miembros. En el Uruguay, se han hecho congresos obreros, con 70 sindicatos, que a lo sumo agrupaban 10. 000 cotizantes. Méjico, quizás sea el país del mundo que tiene más sindicatos, posiblemente más que Ingla terra, pero, con solo 200. 000 obreros organizados, aproximadamente.
Frente a todo esto que sucede en los movimientos obreros de los países capitalistas, en la Rusia Obrera y Campesina existen solamente 23 grandes Sindicatos o Federaciones Nacionales de Industria, que tienen organizados en su seno a 11. 000. 000 de trabajadoPor VICTOR VIVAR sindicai, Otro tipo de estructura por cierto muy diferente, es el que Tomeexiste en la Rusia Proletaria.
mos por ejemplo, una fábrica textil de las cercanías de Moscú, en la que trabajan 16. 000 obreros. En esta fáorica, fuera de los hilanderos tejedores, que constituyen el núcleo básico de la producción, hay mecánicos que componen las máquinas. chauffeurs, obreros en madera, peones, serenos, empleados y muchos otros obreros sin oficio determinado, pero, todos ellos pertenecen al mismo Sindicato Textil.
Quiere decir, que en la fábrica textil todos los obreros y empleados, sin tener en cuenta su especialidad u oficio ni el trabajo que realizan, entran a formar parte en calidad de miembros activos EN EL SINDICATO DE LA INDUSTRIA TEXTIL. Lo mismo sucede en las fábricas metalúrgicas; todos los obreros y empleados forman parie del Sindicato Metalurgico. así en todas las empresas y demás lugares de producción.
Otra particularidad fundamental del movimiento sindical soviético, está en que en las empresas de la Rusia Roja, existe un órgano elegido, por todos los trabajadores, que se llama Comité de Fábrica, Comité de Usi.
na, Comité de Mina, etc. ya se trate de una fábrica, de una usina, o de una mina. Este Comité, es la célula básica del sindicato en la empresa.
Aún hay otros rasgos fundamentales que diferencian a estos dos tipos de estructura sindical. El primer tipo establece: UNA PROFESION, OFICIO, UN SINDICATO.
gundo tipo establece: UNA EMPRESA, A UNA PRODUCCION, UN SINDICATO. Cuáles son los costados negativos de la estructura sindical por oficio?
Ya los hemos señalado. En las empresas se crea dinerentes agrupaciones, se crean la condiciones de una lucha frairicida, se crean las premisas de competencias y rivalidades entre o.
breros, se crea un abismo entre los obreros calificados y los nó calificados, y se introduce así la división en el seno del campo obrero.
Más aún, se crean las premisas para la formación de una aristocracia obrera, que está dispuesta a ir bien con los capitalistas, y contra el resto de los trabajadores, que juntos con la gran masa de proletarios contra de los patrones.
Cuando nos referimos a la aristocracia obrera, no queremos decir con ello que cada obrero calificado, que recibe altos salarios, pertenece fatalmente a ella, ni que tiene la psicologia e ideologia propia de la misma; nosotros damos otro contenido a esta expresión. Llamamos aristocracia obrera a aquella parte de trabajadores que voluntariamente se separa del esto de los obreros, que se aisla de ellos, que se considera superior a los restantes, que quiere conquistar solamente para si, condiciones particulares y comodidades, y que, por consecuencia, tiende a irse del lado de los patrones para hacerse participe de la explotación y mejorarse a costa del resto del proletariado.
Quiere decir, entonces, que no es suficiente ser obrero calificado o ganar altos salarios para caer bajo el estigma de aristocrata obrero. Es necesario que tenga una línea y una conducta específica frente al gran núcleo de los trabajadores, es necesario que tengamos ante nosotros a una ideologia formada y a una posición netamente anti clasista. Entonces sí que tendremos derecho de hablar de arisUna falsa apreciación del problema agrario, es la que se ha referido únicamente a considerar el caso de las Comunidades Indígenas. De la discusión que ha sobrevenido como consecuencia de esta fácil y cómoda percepción, se han perfilado dos opiniones principales que traducen, embargo, solo un aspecto de nuestra cuestión agraria. Hase manifestado por una parte, en copiosa y bien formada literatura, que dicho régimen de propiedad comunal debe ser reemplazado, por conveniencia nacional, por el régimen de la propiedad individual, mediante el reparto de parcelas de tierras comunales entre los miembros de la Comunidad. Tal fué, como anotamos, el ideal que orientó a Bolivar, al expedir sus decreto y tal fué lo que se trató de generar durante nuestra centuria republicana. Ese ideal fué mal expresado por nuestra legislación, después de la tentativa de Bolivar y especial mente por la ley de 1828. Pero la ley de 1828 sé limtó a declarar que las Comunidades eran propietarias de los terrenos que poseían, sin que por esta declaración tan deficiente, se llegara a considerar a los comuneros, como propietarios de los respectivos lotes individualizados. Como faltó realizar la división y partición de las tierras comunales, la propiedad de la Comunidad reconocida por esa ley, conti.
nuó pro indiviso, es decir asimilada a esta modalidad de la propiedad privada.
Puede decirse que si la pequeña propiedad indígena existió y existe aún, en algunos lugares, se debió a causas distintas y extrañas a los enunciados legales. Los modos civiles de adquirir el dominio y en general, las instituciones que contiene el Cédigo Civil, no han logrado crear la pequeña propiedad indígena; y si ella se conforma y rige hasta hoy por las disposiciones del derecho civil vigente, las mismas reglas del Código las mismas leyes civiles en general, pueden indiferentemente condicionar su existen cia, como conducirla a su desaparición El intento de constituir la pequeña propiedad indígena a expensas de las Comunidades ha sido contraproducente, ilusorio. Los partidarios de ésta solución han atendido a criterios de orden económico capitalista, argumentando en favor de su tesis, el que la propiedad comunal, vinculada e inmóvil es une supervivencia histórica que impide la libre circulación de los capitales y mantiene una agricultura holgazana, rutinaria e inproductiva.
Lógicamente se deduce, que según las. conveniencias del capitalismo y dentro del sistema preconizado, las pequeñas propiedades llegarían a ser absorvidas y a constituir latifundios,. debido los abusos de la libertad de contratación. De esta suerte el latifundismo se incrementaria ventajosa y fácilmente. No sería improbable que al régimen de las Comunidades, sucediera de modo uniforme el régimen de los latifundios y de las tierras incultas. La engañosa confusión de la justicia con la legalidad, el abuso del formalismo jurídico, carente de la viva realidad del derecho, podían de esta suerte, conducir el libre paso avasallador de las usurpaciones hechas en nombre de la ley, vale decir, legalizadas. Esto ha sucedido y viene sucediendo, aún sin contarse con la abundancia de motivos que significarían la generalización de la medida que comentamos. Ya sabemos que las usurpaciones de tierras han sido precedidas frecuentemente de algún expedienteo judicial o administrativo en el que los casuismos judiciales y las avezadas argucias de abogadillos sin escrúpulos llegaron a procurar la sanción y el reconocimiento legal de los seudo derechos invocados por los latifundistas, contra las Comunidades.
No ha habido despojo de tierras sin su correspondiente formación de títulos encubridores, sin la hoja de parra de una invocación legalista.
La opinión enunciada se deriva de la consideración de un principio falso: el de suponer que la individualización de la propiedad territorial, implica un estado de aislamiento egoista, análogo a la situación hipotética, del individuo solitario y libre como si fuera de éste, no existieran relaciones ni necesidades de orden colectivo. Más, los mismos defensores de la tesis individualista, señalan los remedios indispensables para entrabar la tendencia expansiva de las grandes propiedades. Se ha establecido, en efecto, el control de la intervención del Ministerio Fiscal; la tutela burocrática de los patronatos y de las autoridades políticas, así como la trabazón de terminantes disposiciones legales y de resoluciones administrativas, a fin de evitar, con todo esto, la acumulación de las parcelas de tierra, en poder de un solo propietario. Pero esa misma trabazon legal, como la intervención del Ministerio Fiscal y de las autoridades del Estado ¿qué significa. Dónde está el desmesurado argumento de la libre disposición de la propiedad y todos sus atributos heredados del derecho romano. Qué ocurre en los horizontes del individualismo económico?
En realidad, según lo expuesto, tiéndese a restringir y rectificar las pretenciones de ese sistema económiCo jurídico. Empero ésto nos conduce por rutas nuevas, hacia mejores mecanismos legales.
Conviene aludir a las taxativas especiales que emanan del Código de Procedimientos Civiles. artículo 995)
sobre posesión; y la jurisprudencia de los tribunales, que concretamente reconoce el derecho de las Comunidades para litigar, hasta la Constitución Política del Estado. artículo 41 y 58)
que ha dado origen a la creación de un patronato de indígenas y a la Sección de Asuntos Indígenas del Ministerio de Fomento. Con tales leyes a instituciones, nacidas en una atmósfera preñada de brutal individualismo reaccionario, nuestro actual Estado, servidor de intereses plutocráticos y feudales, trata infructuosamente de interceptar las vías de un cáncer social que nos destruye: el latifundismo.
Indicaremos dos observaciones fundamentales, al segair ocupándonos de las opiniones de los partidarios de la desaparición de las Comunidades indigenas. La primera, referente al dato histórico, muy elocuente por sí solo, de la arraigada e indestructible vitalidad de las Comunidades, que como se ha dicho, responden a una compleja realidad social, que no se puede suprimir a fuerza de decretos y leyes Las Comunidades no son instituciones artificiales, de vida o me.
nos eventual; no son agrupaciones susceptibles de plasmarse conforme a los modelos de un programa opuesto al interés colectivo que representan.
Por otra parte el número de Comunidades que hay en todo el territorio la extensión de las tierras que ocupan tradicionalmente, demuestra que la cohesión de los vínculos solidarios que ofrecen, tienen raíces muy hondas, como que forman la trama de la estructura económica en que reposa la vida social indígena.
La segunda observación, refierese la verdad de que las Comunidades son los únicos baluartes de la defensa del interés y hasta de la vida misma de los indígenes, frente a las acechanzas y embestidas del latifundismo.
La existencia de la pequeña propiedad indígena seria incompatible, de otro modo con la existencia de los grandes monopolios de tierras.
Porque la producción de la agricultura menor, tendría que subordinarse y luego desaparecer, ante las imposiciones de una rivalidad inestable o incontrastable representada por la producción fácil y abundante de los latifundios.
Las Comunidades atenúan con su resistencia, la lucha que palpita nuestro medio social darwiniano, entre la codicia y el poder del gamonal y la minaria y debilidad del indígena. Cómo procurar que sea el indio económicamente libre; que sea pequeño propietario, con la aplicación de vanas e ilusorias fórmulas legales, conservando un sistema agrario desigual e injusto? Nuestros doctrinarios liberales, fieles a sus mal digeridos principios y esclavos de sus supersticiones legalistas, no han apreciado, en verdad, todos los aspectos de la cuestión agragia indígena. Han expuesto las ventajas de la pequeña propiedad; han señalado los vicios, y defectos de la vida indígena en el seno de las rutinarias Comunidades; han señalado el mal de una agricultura improductiva y, arcaica; pero las proposiciones resolutorias de la cuestión analizada por sus críticas, han sido deficientes, unilaterales y falsas. Olvidan que solo dentro de la Comunidad, el indio deja de ser esclavo o siervo del hacendado o del mandón que ejerce cargo político de autoridad. Esta actitud puramente intelectual de nuestros liberaloides doctrinarios, es por lo demás lógica y perfectamente consecuente con la vieja ideología de la democracia burguesa. Se atiende según este punto de vista, a la preocupación de uniformar las instituciones del clásico derecho civil, pretendiendo extender a la yida indígena, los beneficios de la civilización actual, vale decir, los beneficios de que gozan los burgueses.
Atendamos, ahora, lo que sustentan los que proclaman la conveniencia de solo conservar a las Comunidades indigenas, sin preocuparse de que sea suprimido el régimen de los latifundios.
Creen éstos, que mientras el indígena se halle atrasado e inculto; mientras predomine la barbarie seriana frente a la indolencia costeña, debe evitarse la transformación de la organización de las Comunidades. Considerando a la propiedad individual, del mismo modo que los adversarios del régimen de las Comunidades, oponen simples reparos a la formación de un nuevo sistema de tierras, juzgando prematuro el desenvolvimiento de la vida comunal indígena. En realidad, esta opinión fundada en criterio tímidamente realista, llega a conclusiones análogas a las de los primeros, desde que el fin común en ambas opiniones, es la formación de la propiedad individual, sobre la base de una desaparición, sea brusca o lenta, de las Comunidades. Los que han defondido a las Comunidades de esta manera, se han cuidado de no decir nada respecto de la subsistencia de los latifundios. para disimular lo que hay de convencionalismo y de fútil en esta opinión, gus mantenedores políticos de la plutocracia y de la feudalidad reinante transigen y convienen afirmando que en la práctica, no se diferencia un régimen de otro, tanto como para decidir la abolición de las comunidades.
Una mejor protección legal y el reconocimiento de la personería juridica de las Comunidades, así como una reglamentación de rus vidas, dicen que sería suficiente pra que éstas sean fácilmente incorporadas a las posibilidades de un progr:so que no definen; y que, en fin, así, la agricultura fuente principal de la economía social indígena, quedaría obustecida y próspera.
Las dos opinions señaladas, no han trascendido del cmpo de la retórica forense y de sus vanas pretenciones académicas. La ausa de ésto y de la esterilidad de tale opiniones, está en que ninguna de elis considera el principal término de acusación del problema agrario: ellatifundismo.
Es comprensibl y justo que se advierta en las Comnidades, los núcleos principales de too movimiento agragio. que se isigne a dichas Comunidades, un rcprimordial en la solución del progima que tratamos Más; sin la prea apreciación de lo que significa el atifundismo, adverso por si solo a reforma, el problema agrario, aún lo que atañe únicamente a las unidades, permanecerá irresolubl Analizar esta faz de la cuestión raria, importa al mismo tiempo aprender la segura y progresiva coplidación de las formas a que puedllegar la individuali.
zación de la prcedad de la tierra en el seno de las munidades. Porque de las solicioneeliminatorias que se tengan que repducir en la masa de los latifundios, penden las garantías requeridas para desenvolvimiento y subsistencia de mismas Comunidades y de las peeñas propiedades urales; Comunides, cuyo período de conservación y vida retardada, se hallan condicior por esa constante y darwiniana luchque establece la preL deseo de renovación inmediata de la educación pública ha sido planteado a raíz de la guerra mundial, y por eso sin ida se le ha calificado como doctrina de post guerra. Sin embargo, aun las más avanzadas teorías renovadoras de la enseñanza fueron planteadas ya desde años antes de la lucha armada que conmovió al mundo.
La Escuela Unica responde, pues, a una campaña sostenida anteriormente por pedagogos y hombres de Estado de muchos países. es que la teoría de la Escuela Unica persigue la igualdad de la enseñanza entre todos los elementos de la sociedad. No es, como algunos lo han supuesto, la uniformidad de la enseñanza que corre peligro de limitar los conocimientos a cierto bagaje reducido; es por el contrario. la coordinación racional y metódica de los diferentes grados en que lógica y necesariamente se divide la enseñanza.
Tenemos, como primer paso hacia la Escuela Unica, la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza primaria. Todos sabemos que ella suministra determinada serie de conocimientos a todos los niños que conforme a la ley están llamados a concurrir a las aulas escolares.
Pues bien, si la escuela primaria es la etapa obligada de todos, conviene considerar como acto de justicia que la escuela secundaria y la escuola superior sean también centros abiertos a todos los niños jóvenes que quieran avanzar más en el camino de los conocimientos.
Sentado este principio de protección, mejor dicho, de ejercicio del derecho de todos los niños y jóvenes para recibir la instrucción adecuada a su vocación y aptitudes, la Escuela Unica realiza el fin sustantivo de proporcionar a la nación elementos debidamente preparados, mediante una enseñanza cuya estructura se halla científicamente coordinada. La Escuela Unica realiza, pues, una doble función igualitaria: la de los conocimientos y la de la eficacia de su aplicación, junto a la igualdad social, postulado de los gestores de la sociedad contemporánea.
Ya no es concebible una enseñanza suministrada a los niños y jóvenes conforme a los sistemas que se combaten. Los hijos de los adinerados deben obtener tanta suma de conocimientos, tanta preparación para el esfuerzo que han de desplegar en las luchas constantes de la vida, como los hijos de las clases sociales desheredadas. La Escuela Unica proporciona igual oportunidad a todos; un niño pobre no quedará solamente en la escuela primaria, si sus facultades mentales lo permiten; irá de hecho a la escuela secundaria, donde tendrá enseñanza completamente gratuita y si aquí ha dado a conocer la suficiencia de sus aptitudes, pasará también a proseguir su carrera en las Escuelas Técnicas Especiales o en la Universidad. La Escuela Unica no repara, pues, en el aspecto de la división de las clases sociales, porque su lema es la democratización de la enseñanza, la igualdad de derechos de todos los niños y los jóvenes para obtener los beneficios de la escuela.
Como repetimos, este elevado principi no se halla supeditado ni opaca en lo menor a la eficiencia de la enseñanza en sí. La Escuela Unica armoniza los métodos de enseñanza, establece un tipo de educación, coordina los programas, marca los rumbos a los cuales debe sujetarse el sistema educacional, para rendir, precisamente, el máximum de provecho a la sociedad en general.
Tal el principio de la Escuela Unica. Alrededor de él dura sin embargo, la discusión entre los que patrocinan las normas aun predominantes y los sostenedores de la reforma educacional. La Escuela nica halla adeptos como impugnadores. Aquellos la señalan como panacca para la cura del estado social de la época presente; estos la tachan de ineficaz, porque temen que limite la cultura. haciéndola mediocre. En Alemania, sobre todo en Francia. esta contraposición de todos tendencias se hace más saltante, aunque, para satisfacción de los que anhelan el progreso efectivo de la enseñanza pública, se centúa la victoria de la Escuela Unica, la que en efecto, es segura.
mente la más calificada para operar una verdadera función de cultusión y coexistencia amenazante, de los latifundios.
Solamente sin la coexistencia del latifundismo, es posible el mejoramiento moral y económico de las retardadas Comunidades y de sus componentes individuales. Desde luego afirmamos éstos, sin tratar de los demás factores económicos y sociales que o peran dentro de la realidad social indígena. Repetimos que por lo expuesto, el latifundio, antes que la Comunidad, es pues, el primer término de la ecuación agraria que hay que despejar.
Desde que se implantó el régimen del monopolio de tierras, a raíz de la Conquista española, se procuró evitar el crecimiento ilícito del latifun.
dio, mediante taxativas diversas; y en todo tiempo y lugar se comprendió que el latifundismo ha sido y es peligroso y nocivo para la economía de las naciones. Conviene por ésto, recordar una vez más, la frase de epitafio con que explicó y gravó en su lápida, la decadencia romana, al decir por boca de Plinio, el joven: Latifundia perdidere Italiam Nuestra historia constata que, no obstante la dirección individualista que siguieron las instituciones jurídicas, un celoso instinto de conservación social, continuó latiendo hasta inspirar a! Estado, todas esas medidas legales con que se opuso una valla a la hipertrofia del régimen de los latifundios.
Siempre se trató de evitar, con más o menos éxito, que la hacienda llegase a absorber la pequeña propiedad agragia. Se reconoció que el latifundismo dañaba intereses colectivos de todo orden. Pero, nunca, se procuró fraccionar o limitar la exsistencia de los latifundios. Así, los hechos creados por la violencia, fueron mantenidos y elevados a la categoría de derechos conservados mediante la sanción y las reglas jurídicas todavía en vigencia. Qué, en cambio, ha podido conseguirse con la mera protección legal de las Comunidades. Cuál ha sido el resultado obtenido por las res.
tricciones, con que alguna vez, se intentó entrabar el crecimiento ilícito de los latifundios? La respuesta fluye espontáneamente de nuestra realidad rural: la mera conservación intangible de ese género de propiedad. Del fondo de éstas cuestiones, cabe preguntarse si se pudo, de tal manera, obtener otro resultado feliz, con la simple protección legalista de las Comunidades así fuese ésta la más amplia y de la convencional limitación de los latifundios así fuese ésta la más precisa y férrea?
La respuesta está indicada por el statu quo de las desigualdades económicas que hacen grave nuestra doliente injusticia social. Con tales procedimientos dilatorios, se conseguirá únicamente prolongar ese statu quo, plazando las reivindicaciones populares. Por que en las márgenes del caula historia, siempre han de que dar las osamentas de instituciones caducas, mientras sigan transcurriendo incontenibles, los renovados caudales de la vida social.
El statu quo de la pequeña propiedad rural, es sumamente inestable dentro del régimen jurídico que nos rige. Para que lleguen a subsistir los grandes centros de pequeñas propiedades, es necesario prescribir simultáneamente, la inmovilidad de esas propiedades, reconstituyendo un nuevo régimen agrario del que se haya abolido el burladero de la libre disposición de las tierras y de todas las formas de transmisión del dominio. Esto haría necesaria la reglamentación del derecho sucesorio circunscrito a la familia del labriego. éste, según nuestra tradición jurídica, ya no caracteriza a la pequeña propiedad privada, sino que es como un esbozo de una institución sui géneris: el home stead (hogar agrícola. Pero el home stead, no podría substituir tampoco, bajo la competencia y coexistencia del latifundismo. Por consiguiente, ni rehabilitar a la Comunidad, ni crcar en el seno de ella, el home stead, seria factible, benéfico y eluradero, si al mismo tiempo no se aparcelan los latifundios improductivos y sin industria y se socializan los latifundios industrializados En Méjico, no obstante el radicalismo inicial de la Revolución agraria y de sus quince años de lucha, la rehabiitación del cjido y la devolución de los tierras usurpadas a los indios, no se ha resuelto enteramente el problema agrario, debido a esta deficiente solución de no abolir el latifundismo, ante todo.
La pequeña agricultura que podría florecer exhuberantemente sin la competencia del latifundio, tendrá que ser al fin, postergada y vencida por la fá.
cil y ventajosa explotación que hacen los hacendados.
Así no se habría resuelto el problema económico de la producción, ni el problema social de la justicia. Continuariamos bajo el imperio de las grandes desigualdades económicas que ha.
rian interminable y nefasto el cruento drama de nuestras injusticias sociales.
Todas etas dificultades surgen evidentemente, cuando se elude la consideración primaria del problema agrario, que no reside únicamente en el statu quo de las Comunidades indíge.
nas, que es la parte afectada por el desarrollo hipertrófico de la propie.
dad individual de la tierra. Una rehabilitación de las Comunidades, significaría, es verdad, la reivindicación de las tierras que les fueron usurpadas. La revocación de los defectuosos títulos de los latifundios, nos llevaría a ese resultado. Además comprenderia el resurgimiento de otras asociaciones de campesinos, con derecho a las tierras cultivables que forman los actuales latifundios, en que fueron englobadas y disueltas otras Comunidades, cuyos restos son todavía notorios, al través de la supervivencia de las costumbres de los habitantes de aldehuelas establecidas en el seno de mu.
chas haciendas y de cuyas poblaciones reducidas, provienen sus peonadas de gente nativa La reahibilitación de las Comunida des, puede considerarse como un procedimiento auxiliar. Por lo mismo que el primitivo régimen de las Comunidades, no constituye un ideal agrario pro pio de nuestra época. Bien sabemos que esta forma de explotación agrícola y de propiedad, análoga a la del antiguo mir ruso, ha fracasado. La experiencia de Rusia, prueba irrefutablemente esta afirmación. La política agraria de los bolshevistas según nos refieren los recalcitrantes partidarios del mir ha consistido en transformar y reducir esa forma de propiedad. Se ha advertido que conjuntamente con la transformación política del viejo imperio zarista, ha ido desapareciendo la arcaica institución graria del mir. Los bolshevistas son adversarios del mir. Es que el mir no ha sido un arquetipo de la roforma agraria rusa.
Tratando de nuestras Comunidades, cabe pensar en que ellas, pueden ser consideradas como imperfectos gre.
mios agrícolas, capaces de llevar a cabo un eficaz movimiento agrario. Por lo demás, defensa de la actual Comu.
nidad indígena o defensa del latifuusdio colonial, implican siempre volver al pasado; pasado incaico o pasado colonial espeñal; pero pasado al fin.
Volveremos acaso a buscar en las Ordenanzas de Toledo o en las Leyes de Indias, las fórmulas necesarias para resolver el problema indígena del presente? Es que el problema agrario actual está fijado solo en los marcos de la historia? Nuestros jurisconsultos y legisladores de espíritu conservador, bien pueden entretener con opinar sobre la excelencias y defectos de esta o a quella fórmula de nues.
tros Cóligos actuales y sobre los viejos mecanismos de nuestra justicia oficial.
Nuestros historicistas, bien pueden continuar ejerciendo el extraño ponti.
ficado masoquista de deslumbrarnos con sus glosas del tiempo pasado y así vivir nostálgicos de incas absolutistas y de indolentes cortes virreynales. otra clase de hombres corresponde ahora, el señalar un cáncer social y empezar así, la lucha gigantesca y gloriosa de entregar las tierras a los que tienen derecho a ellas, a los que las cultivan. De ahí que frente a la cháchara pedantesca de los que propugnan por esta u otra forma de transi.
gir con el régimen de los latifundios, manifestando es menester que, antes que las preferencias exclusivistas por el home stead o por la pequeña propiedad agraria, surgentes del seno de las actuales Comunidades, hay que procurar que, pequena propiedad o home stead, o ambas a la vez. según las condiciones de tiempo, lugar y lensidad de población agrícola. sean efecto de la distribución de las tierras de los latifundios y de su explotación bajo una forma colectiva de posesión y usufructo. Lo único que cabe proclamar ahora, es que cesen los monopolios de tierras y la servidumbre indígena. La solución de nuestro prs.
blema agrario debe buscarse, no por el lado de las Comunidades indígenas sino por el de los poderosos detenta tadores de la tierra.
más en más ce res. Cómo están construídos los sindicatos en Norte América y en la Unión Soviética?
Tomemos una fábrica en Estados Unidos. Parte de sus obreros pertenecen, por ejemplo, al sindicato metalúrgico, otra al sindicato del transporte, otra al de la madera, y otra última, no pertenece a ningún sindicato. De ello, aparte de otros males, viene a resultar qu: en Norte América de 28. 000. 000 de obreros y empleados que ganan bajos salarios, están organizados solanente un 10 por ciento.
concluir en La Escuela Unica no es una novedad. Es el resultado de una larga gestión de un meditado y en veces penoso estudio hecho por los hombres que la han patrocinado. La guerra mundial, removiendo los cimientos de la cultura y de la sociedad, no ha hecho otra cosa que acelerar su advenimiento como sistema necesario para la mejora y la cficiencia completa de la enseñanza pública; ha servido como ins.
trumento eficaz para que ella precisara, definiera mejor sus alcanY estos alcances encierran un profundo sentido humano, tendencia a dar a todos los hombres de un pueblo la oportunidad de adquirir los conocimientos que les son necesarios mediante un plan científicamente coordinado. La Escuela primaria y la secundaria para todos dice el lema de la Escuela Unica. y para cada uno toda la enseñanza de yue sea capaz.
Por otra parte, puede decirse que es en las centrales obreras revolucionarias donde se hacen progresos más rápidos. Este es el caso de la Confederación General del Trabajo Unitaria, de Francia. Seis años atrás, ella presentaba el mismo aspecto, en materia de estructura sindical, que el que hoy se ve en nuestros países latino americanos, pero, en el transcurso de estos pocos años allí se ha operado una cantidad de fusiones de sindicatos y federaciones de oficio. De ese modo, hace cuatro años existían unas 45 Federaciones, por industria, las que hoy se han concentrado y reducido a 26.
Sin embargo, aún hoy, la no es, todavía, el tipo ideal de organización basado en el principio de industria y producción. Pero, después de la organización sindical de la Soviética, ella es una de las mejores en ese sentido. Oportunamente publicaremos una amplia descripción de có mo está organizada la ces.
una ara social. Pasa a la página 7)