IZQUIERDA 44 IZQUIERDA 45 podría empezar, y no por otro alguno, LA ORGANIZACIÓN NUEVA DEL MUNDO, porque hasta los peores levantan la cabeza, oyen, se vuelven un momento no.
bles y acogedores, cuando se nombra al niño. El pudor más tardío acude la cara cuando a cualquier individuo sin consciencia social se le habla de la miseria de los niños, ofensa a Dios por excelencia, que hace día por día muestra vergonzante sociedad cristiana.
II. DERECHO LOS OFICIOS A LAS PROFESIONES. Pero no en la formul empequeñecida en que dan en nuestros países los primeros por maestros inferiores que no han dominado el lote maravilloso de una artesanía o de un arte mecánica; ni en la forma en la que se abren las profesiones liberales que están despretigiándose rápidamente por la falta de selección de los alumnos.
Derecho de la inteligencia, salga ella de la casta que salga, a actuar, a dirigir, a gobernar las sociedades. Derecho de la inteligencia a ser defendida.
protegida, excitada, confortada y acatada por un Estado sagaz y atento quo no la abandone ni la desperdicie. como consecuencia de esto, derecho del Estado, ejercido por medio da sus educadores a cerrar las profesiones superiores a los incapaces, por econo.
mía y sentido común, debiendo encaminarlos hacia las funciones y oficios que no necesiten de la creación ni impongan las altas responsabilidades efectivas de la inteligencia.
DERECHO LA TIERRA DE TODO NIÑO QUE SERÁ CAMPESINO, derecho natural sobre todo en nuestra América de territorio generoso. Nuestro latifundisma corresponde a una barbarie rural que Europa ha dejado atrás hace un siglo.
III. DERECHO LO MEJOR DE LA TRADICIÓN, LA FLOR DE LA TRADICIÓN QUE EN LOS PUEBLOS OCCIDENTALES ES, MI JUICIO, EL CRISTIANISMO.
Derecho a la herencia de Jesucristo, de la que ninguna criatura de nuestra raza puede quedar desposeída.
IV. DERECHO DEL NIÑO LA EDUCACIÓN MATERNAL, a la madre presen.
te, que no debe serle arrebatada por la fábrica o por la prostitución a causa de la miseria. Derecho a la madre a lo largo de la infancia, a su ojo vigilante, que la piedad vuelve sobrenatural, a su ímpetu de sacrificio que no ha sido equiparado ni por el celo de la mejor maestra. Cuando menos, si la madre debe trabajar, derecho a que el niño la tenga a su alcance por medio del trabajo en el hogar.
Creación por el Estado de las cooperativas que permiten adquirir la pequeña máquina manual y doméstica, posible, dentro de muchas industrias.
Formación, por las llamadas clases dirigentes, de fuertes instituciones o ligas de mujeres que impongan al comercio la manufactura doméstica. si ni aun esto fuera viable en nuestros países mal organizados que no quieren crear unas tradiciones nuevas por respeto a tradiciones perversas.
derecho a que la madre trabaje fuera del hogar en faenas suaves que no hagan de ella antes de los treinta años la bestia cansada y triste cuyo tercer hijo ya no recibe una leche vigorosa.
Legislación que divida el trabajo por sexos, para evitar la brutalización de la mujer que estamos conociendo. Nuestra cultura está deshonrada con la incorporación de la mujer a faenas inmundas y deformadoras que jamás conoció en las apodadas épocas oscuras. DERECHO LA LIBERTAD, DERECHO QUE EL NIÑO TIENE DESDE ANTES DE NACER LAS INSTITUCIONES LIBRES IGUALITARIAS. Los adultos que en nuestros países están en este momento alquilando con la riqueza nacional la independencia del territorio, y que a la vez aceptan y afianzani con cada día que pasa los regimenes de tiranía, comprometen, inconsciente o conscientemente, la suerte de los niños que vienen, del hijo propio como del ajeno, y van a entregar a la nueva generación una patria disminuída en el espíritu y con su honra menguada delante de los demás pueblos soberanos de sí mismo.
VI. DERECHO DEL NIÑO SUDAMERICANO NACER BAJO LEGISLACIONES DECOROSAS, que no hagan pesar sobre él durante toda su vida la culpa de sus padres, sino bajo códigos o profundamente cristianos o sencillamente sensatos, como los de Suecia, Noruega y Dinamarca, en que el Estado acepta al hijo de la madre desgraciada como un miembro más del cual espera, al igual que de los otros, cooperación y enriquecimiento. Así recibió Chile ni más ni menos, que el don de su independencia de don Bernardo Higgins.
VII. Derecho a la enseñanza secundaria y aparte de la superior en forma semi autodidacta, la que debe ser facilitada y provocada por el Estado, a fin de que la cultura del obrero y del campesino sean posibles. Con esto podría buscarse en las democracias que están en peligro el que el ciudadano dotado de criterio más rico mejore la calidad de sus representantes, salvando así el sistema de gobierno popular que comienza a envilecerse y a perder consideración en la América.
París, diciembre de 1927 Gabriela Mistral Declaración de los derechos del Niño.
Por Enrique Rodríguez Fabregat. Ministro de Pública de la Rep. del Uruguay Tabla de los Derechos del Niño, en cuya observancia reposa el progreso de los pueblos: Derecho a la vida. Suma de todos los derechos por la sola razón de haber nacido. Derecho a la casa para habitar, a la atención materna, al reconocimiento obligatorio por el padre, con todos los deberes que la paternidad impone, a la supervigilancia del Estado para su desarrollo y prosperidad fisiológica. Derecho a la educación. Primera asistencia a los Jardines de Niños, Kindergarten. Segundo ciclo: escuela primaria. Abolición del sistema de escuelas de ciudad.
Abolición de la enseñanza verbalista y libresca. Reintegración del niño al seno de la naturaleza, por medio de una escuela de actividad, de trabajo, de alegría. Parques 1scolares. para lograr las reacciones de cuerpo y alma. salud, inteligencia, emoeión. y preparar los obreros de su propio destino y de la grandeza social.