COMBATE El Semanario de los Trabajadores Página Editado por la Rerum Novarum San José, Noviembre 30, 1948 LA CESANTÍA ES LA GARANTÍA MÁXIMA QUE TIENEN AHORA LOS TRABAJADORES se Permite condiciones de alta moral entre los obreros. Es un mito el dicho de que arruina a la industria. Tampoco la agricultura es afectada, porque el exceso de trabajo en la mayoría de las fincas es por corto plazo. Una comprensión mejor entre patrono y trabajador La cesantía, tema de gran actuarrespondiente para cubrir gastos solidad debido a la elaboración del Por OSCAR ZUNIGA SOTO bre pagos de días feriados, vacacionuevo Código de Trabajo, ha danes preaviso o censantía a los trabado oportunidad al pueblo de Costa desde luego, tratará de superarse, pa pondiente; en el 95 por ciento de jadores que compongan esa empresa.
Rica para darse cuenta de quiénes ra conseguir mejores salarios. Que los casos el trabajador al reclamar b) En el caso de los industriales se creen que los trabajadores sólo tie por qué lo estabiliza? Muy senci le pagan ciertamente esas horas ex sigue el mismo camino. En cuanto nen una obligación, la cual es tra llo: tra de acuerdo con la ley, pero este a lo que dicen que atrasa o nulifibajar, sin pensar que son seres hu a) Porque cuando este trabajador reclamo justo es base para que el pa can la acción de los pequeños indus manos con aspiraciones y derechos; tiene derecho a las prestaciones de trono tome medidas contra él y a triales que alegan que es ruinosa pala sociedad está obligada a tenerlos ley trata de comportarse lo mejor la menor oportunidad antes de cum ra ellos, es que éstos no tienen el o procurarles una situación mejor y posible para no hacerse acreedor a plir los tres meses que marca la ley cuidado de apartar de sus ganancias ampararlos con leyes que sean una un despido, lo cual equivaldría a para adquirir ciertos derechos, es des los dineros que por prestaciones tie verdadera protección a sus intereses una pérdida de dinero que ya tiene pedido. Desde luego le dicen que la nen derecho sus trabajadores y cuany por cierto que el auxilio de cesan ganado, pues él sabe que cuando tie causa del despido es económica o do se ven obligados a despedir a uno tía es la garantía máxima que tie ne tres meses de trabajo continuo exceso de trabajadores, cuando en el de sus trabajadores aparentan que nen los trabajadores dentro de la con un patrón, tiene derecho a diez fondo la causa es el reclamo que van a quedar arruinados; desde este actual Legislación de Trabajo, ya días de salario, compensables en di por las horas extra hizo.
punto de vista una industria en cierque sobre ese Artículo del Código nero efectivo, caso de ser despedi Cuando otro compañero se da to aspecto es un negocio: quiere degira toda la legislación social. Estoydo sin causa justificada, y aunque cuenta de esto y está en iguales con cir que si la industria no da para lo digo con conocimiento de causa, erradamente los patrones CREEN lo dciones que el despedido, no recla los gastos que demanda, nadie se va por mi contacto diario con trabaja contrario: que cuando el trabajador ma porque sabe que queda cesante, a sacrificar, de manera que si la pedores de todos los ramos. Después ya tiene este derecho adquirido tra la inversa cuando ya el trabajador queña industria ha resistido basta de este pequeño preámbulo venimos ta en alguna forma de que el patro tiene derecho a pre aviso y auxilio ahora las prestaciones de preaviso o al grano: no lo despida. Yo sostengo lo con de cesantía, presenta el reclamo y al cesantía bien puede seguir como ha trario, porque de 100 trabajadores patrono no le queda más remedio estado hasta ahora.
LA CESANTIA ES: si acaso obrarán como creen cier que pagar la suma correspondiente, En cuanto a los pequeños agritos patronos, de manera que es una y si por esa razón despide a aquel cultores tampoco los afecta; los trala que estabiliza al trabajador en minoría insignificante, que no trabajador, comprende que tiene que bajadores del campo son necesarios su respectivo lugar de trabajo, en el puede tomar como base para decir hacer un desembolso de dinero. en determinados tiempos que no lleaspecto económico social, moral y como dicen, que la cesantía es una De manera que la cesantía así co gan a los tres meses en la mayoría cultural de un trabajador: la estabi alcahuetería para que el trabajador mo respalda al trabajador en cuan de las fincas, ya que para ciertos lidad en su trabajo es de vital im dé menos rendimiento después de to a ese punto que he puesto, co meses del año es cuando los patroportancia en el desarrollo de su vi cumplir el tiempo que marca la ley mo ejemplo, así también en los o nos se ven obligados a aumentar su da misma, por las siguientes razo. para adquirir ciertos derechos. Ade tros casos en que el trabajador tie personal; en los demás meses sosmás el Código marca las causales ne ciretos derechos, días feriados, tienen en su finca un mínimo de 10 Le permite a éste cumplir por las cuales un trabajador se ha vacaciones, casos en los cuales a pe trabajadores.
sus obligaciones económicas dentro ce acreedor al despido sin derecho sar de que el patrono bien sabe esos En cuanto a nuestra posición sode su hogar, es decir, tiene medios a prestaciones.
compromisos que tiene con sus tra bre este debatido asunto, lo hemos asegurados para alimentar, vestir y b) Lo estabiliza porque el patro bajadores, debe éste llegar general dicho y lo repetimos una vez más: darle techo a los suyos.
no no podrá despedirlo sin que és mente a bacer el correspondiente re no nos cerramos a que quede la ac29 Le permite cumplir sus obli te cometa alguna infracción en cuan clamo porque el patrono se hace de tual fórmula, pero sí estaremos firgaciones sociales.
to a los deberes que le señala el Có la vista gorda.
mes a que cualquier fórmula pro39 Le permite a su espíritu y digo de Trabajo, y si lo hace sin puesta para que sea aceptada por nos condiciones personales, alta moral, ninguna justificación se verá obli LA CESANTIA ES: otros tiene que darle al trabajador tan necesaria en la condición de cual gado a indemnizarlo conforme man si se quiere una sanción o multa al iguales o mejores garantías que las quier ser humano.
da la ley, cosa que no les cae muy patrono, que por culaquier razón que percibe actualmente.
40 En el aspecto cultural, le bien por la erogación necesaria. personal o represalia al obrero, lo permite cultivar su espíritu y eledespide, quiere decir que el trabavar sus condiciones intelectuales, es LA CESANTIA ES: jador ya no está a merced de los capirituales o materiales, y luchar por prichos o del carácter del patrono, CONTROL ARGENTINO elevarse a planos superiores dentro un derecho que una vez adquirido pues éste sabe que si lo hace debe DEL ORO de sus posibilidades.
le da al trabajador más personali indemnizar al trabajador despedido.
La estabilidad en el trabajo es dad, pues ya éste siente un respalEl gobierno argentino expidió garantía para que el obrero tenga do efectivo, para reclamar sus le LO QUE NO ES LA CESANTIA: decreto ordenando que todas las per mayor tranquilidad y pueda hacer gítimos derechos, caso que el patrosonas que posean oro y otros metafrente a sus compromisos económi no se los niegue. Ejemplo: No es ruinosa para ninguna empre les preciosos están obligados a hacer cos; esto quiere decir, en otros tér Un trabajador tiene dos meses de sa bien sea esta comercial, agrícola una manifestación bajo juramento minos, que ese trabajador, teniendo trabajo con cierto patrono; durante o industrial. A) Pues en los casos sobre sus posesiones.
asegurados sus compromisos eco ese lapso ba trabajado algunas bo de que sea comercial, al hacer los Dicho decreto tiene por objeto nómicos, puede trabajar con perfec ras extra, las cuales no han sido pa cálculos de venta de tal o cual ar convertir en delito, de acuerdo con ción y así dar mayor rendimiento a gadas conforme estipula la ley; se tículo los patronos incluyen un tan las leyes para evitar el mercado nelas labores que le encomiendan presenta a hacer el reclamo corres to por ciento sobre la ganancia co gro, las especulaciones con oro.
nes: Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.