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ma rec jeto cu bajo materia concilia el parc se reformó la ley. Ahora el gobierno nombra tres comisionados permanentes de conciliación. En caso de una disputa ocasionada por el trabajo, uno de ellos va al lugar de los sucesos y trata de arreglar las diferencias.
Si no lo logra, organiza un consejo de conciliación que incluye dos o más representantes de cada parte. Toda disputa debe ahora someterse a ese consejo antes de llevarse a la corte de arbitraje. Se dice que este sistema ha resultado mejor que el anterior; pero la estadística demuestra que en tanto que el arbitraje obligatorio en Nueva Zelandia ha impedido los paros, no ha podido impedir las huelgas. Siempre ha sido posible con esta ley hacer efectivas las resoluciones en contra de los patrones, pero no siempre en contra de los empleados.
En otras palabras, el sistema es eficazmente compulsivo sólo en su aplicación a los patrones.
La experiencia en Australia ha sido semejante. El gobierno australiano tiene una ley de arbitraje obligatorio que ha estado en vigor por doce años, y los diferentes estados han probado varios procedimientos semejantes que también han impedido los paros, pero no las huelgas. Noruega tenía ya anteriormente una ley de arbitraje obligatorio, pero la oposición de ambas partes, el capital y el trabajo, determinaron su derogación. Después de una huelga general en 1916, que fué seguida de una huelga de cuatro meses en las industrias mineras y en las de hierro y de acero, se decretó una nueva ley de arbitraje obligatorio, que continúa en vigencia durante la presente guerra en Europa.
Una medida, semejante en sus propósitos a las resoluciones ya mencionadas, pero de menos alcance y que difiere mucho en los medios que adopta para conseguir su fin, es la ley para investigación de las disputas industriales del Canadá. Esta ley fué decretada en 1907 como resultado de una seria y prolongada huelga de los mineros de carbón en una de las provincias del ceste. Aplícase a ferrocarriles y a otras empresas de utilidad pública, a minas de todas clases y, por reforminio a los llama miemb vez un tonces mera que se para u prueba to a la arreglc Es bitraje resolu tambié siempr indust mayor en el gación glarse léy ca: clase que pi Nu seña de los te a la se pue Al mi tra qu 320 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.