¿Qué más puede decir el director de una compañía comercial sobre cultivo del trigo, que lo que ha escrito el Departamento de Agricultura, y la Secretaría de Fomento ha publicado y regala? en cuanto a la semilla, mejor lo ha hecho esa misma Secretaría, importándola por cuenta del Estado y suministrándola gratuitamente a quienes quisieron sembrarla. e) invertir un capital de doscientos mil colones para siembras de trigo, haciendo adelantos a los productores nacionales con un interés no mayor del ocho por ciento anual. Esta obligación tendrá efecto en cuatro anualidades de cincuenta mil colones cada una, la primera de las cuales deberá estar invertida de la fecha a que este contrato sea ley de la República en un año. El contratista puede llenar esta obligación depositando la cantidad anual en el Gobierno de la República para que sea administrada por medio del Ministerio de Fomento. Es entendido que si una vez terminada la suma mencionada, se llegare a considerar que el desarrollo de la industria requiere una inversión mayor de capital, el contratista se obliga a hacer las gestiones necesarias para las nuevas inversiones hasta por otra cantidad igual, a fin de que llegue a invertirse un capital total de cuatrocientos mil colones, en la forma que el contrato prevé. Si la cláusula d) nos resultó un poco simple, la e se nos antoja endulzada con sacarina, demasiado dulce y de digestión imposible: la sacarina no se asimila. El 89. es moderada rata de interés; pero ¿cuáles son las otras condiciones del contrato de mutuo. Su garantía, su término y el modo de pago? Porque pueden ser tales que el solicitante rehuse aceptar la oferta que se le haga. Cuentan que los dueños de caballerizas de cierto paisuntan de sebo los dientes y el paladar de los caballos, con lo cual éstos no comen, aunque los pesebres estén colmados de pasto. La manera indirecta de llenar la obligación de colocar las anualidades, está indicando el temor del contratista de no hallar tomadores. Las deposita en el Gobierno de la República, y su obligación queda cumplida. La tarea de buscar quien quiera tomar esos dineros recae en el señor Ministro de Fomento, quien, sin duda, hallará muy buenos tomadores.
La obligación de «hacer las gestiones necesarias para las nuevas inversiones» no es cosa mayor. gestionar cualquiera se obliga; si fuera a conseguir los otros doscientos mil. f) El contratista se obliga a comprar toda la cantidad de trigo que se le presente en sus establecimientos, pagándolo al mismo precio del grano importado, en igualdad de condiciones o a un valor proporcional a su riqueza, si no fuera de la calidad corrientemente importada, o bien el contratista tiene derecho y obligación subsidiaria de moler por cuenta del productor, cobrando el precio de costo por esa operación calculado comercialmente. El precio del trigo nacional será el del importado, en igualdad de 69 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.