manera LOS DERECHOS DE SOBERANÍA PROPIEDAD que la Nueva Granada tiene y posee sobre dicho territorio. Cuáles son esos derechos?
Los que tenga, es decir, los que resulten de sus títulos de dominio, conforme al principio que rige la propiedad territorial en América; y también los que poseyera en la fecha del Tratado, que, por fortuna, son los mismos que hoy posee y trata de reivindicar. Esta garantía, dice Mr. Blaine, no es solamente una obligación que deberán en cualquier tiempo desempeñar (los Estados Unidos)
a solicitud de los Estados Unidos de Colombia, sino un derecho cuyo goce pueden, en cualquier tiempo, a discreción suya, reclamar para la protección de sus propios intereses.
Según esta doctrina, el Tratado de 1848 no tiene el objeto que expresa, sino al contrario: no es la soberanía de Colombia lo que en él se garantiza, sino los intereses de los Estados Unidos: no es una obligación onerosa y compensada» la que contrajo aqueIla nación, sino el goce de una regalía: no es un deber, es un derecho. De manera que cuando Colombia pagó a los Estados Unidos aquellas garantías con «favores especiales, como la franquicia de sus puertos, etc. etc. lo que hizo en realidad fué pagarle por que garantizase sus propios intereses?
El derecho que Colombia adquirió de exigir el apoyo o auxilio de la fuerza material o moral de los Estados Unidos, no da a éstos el derecho de imponerla.
La intervención de fuerzas auxiliares es un hecho limitado por reglas especiales y bien determinadas por el Gobierno que la solicita. La invasión obedece, al contrario, a la sola ley del invasor.
La doctrina del señor Blaine tiene este último carácter.
Según ella, Colombia, lejos de adquirir el derecho de ser auxiliada cuando lo crea conveniente, por los Estados Unidos, dió a a su Gobierno el derecho de invadirla cuando lo estime conveniente, y contrajo la obligación de resignarse a la ocupación temporal o permante de su territorio.
Si, por otra parte, aquella garantía no fuera garantía, sino especie de prenda destinada a asegurar los intereses de los Estados Unidos, resultaría que ellos no dieron nada a Colombia en cambio de sus grandes concesiones, que el Tratado es leonino y engañoso: una trampa en que cayó Colombia, y de la cual ha venido a salvarla el tiempo, pues su término ha llegado.
Un pueblo que diera su soberanía territorial en prenda para asegurar sus compromisos, estaría próximo a desaparecer del mapa de las naciones.
Por fortuna no rué tal el objeto del Tratado. Es éste un documento grave de mutuas concesiones, pacto bilateral, que se rige 445 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.