manera va Gra ¿Cu Log domini Améric que, po dicar. ES que del a solici cuyo clamar Seg que ex que en de sus turbulencias y sus crímenes, se convirtió rápidamente en Estado populoso que dió al mundo mayor cantidad de oro que el hasta entonces poseído por los hombres. Fundóse allí una especie de República, ligada por vínculos queridos, aunque débiles, a la Unión americana, y en donde se practican hoy de modo ejemplar los principios de gobierno propio y soberanía popular, a los cuales ha vinculado su suerte el pueblo americano.
Hoy podemos decir de California, y con referencia al Tratado de 1848, lo que otra vez decíamos de todo el pueblo americano: bajo ei imperio de estos principios (y como resultado práctico del Tratado de 1848. aquel pueblo ha visto venir a él la industria, el capital y el trabajo europeos; ha visto a esa industria, a ese capital y a ese trabajo apoderarse de todas sus fuentes de riqueza para levantarlo a un grado de prosperidad de que no hay ejemplo en la historia. Su grandeza, su paz, su industria, su moralidad, todos los elementos de permanencia y vitalidad los ha recibido de aquellas corrientes de vida y de riqueza que llegan sus puertos, se juntan a su propia savia, se extienden sobre sus tierras, sus ríos, sus lagos, y penetran en el desierto y en el fundan ciudades gigantescas que dominan el Océano Pacífico, comercian con el Asia y reinan, solas y grandes, sobre vastas extensiones, que guardan los secretos de una grandeza futura que está fuera de las previsiones de la historia.
Jamás nación alguna celebró Tratado semejante, que, desde el punto de vista del progreso general, y de la grandeza de una Nación, como en este caso la de los Estados Unidos, diera resultados más prontos, más prácticos, más tangibles, ni más universales y prósperos.
Las facilidades para la extracción del oro de California, la fundación y desarrollo de un Estado como aquél, las grandes ventajas comerciales en el Istmo, el paso franco de sus mercancías y de sus muchedumbres emigrantes, y la influencia e importancia moral y política que de la prosperidad nacional se derivan, son hechos que si, como para los Estados Unidos, HAN TENIDO SU ORIGEN EN la alianza CON OTRO PUEBLO, DEBEN FIGURAR EN SUS ANALES PATRIOS COMO VÍNCULOS SAGRADOS FUERTES, POR LO MISMO INQUEBRANTABLES, QUE IMPONEN DEBERES DE UN ORDEN MUY ELEVADO.
El artículo 35 de este Tratado dice. Para seguridad del goce tranquilo y constante DE ESTAS VENTAJAS EN ESPECIAL COMPENSACIÓN DE ELLAS DE LOS FAVORES ADQUIRIDOS según los artículos y de este Tratado, los Estados Unidos GARANTIZAN positiva y eficazmente a la Nueva Granada, por la presente estipulación, LA PERFECTA NEUTRALIDAD del ya mencionado Istmo, con la mira de que en ningún tiempo, existiendo este Tratado, sea interrumpido ni embarazado el libre tránsito de mar a mar; y, por consiguiente, GARANTIZAN de la misma no es u lla naci recho. De aquella sus puc garanti El de la éstos el La reglas cita. L: La doc Seg liada ci a su y contr perman Si, pecie Unidos, de sus!
una tra varla el Un asegura de las Por mento 444 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.