nal Se titu mu de sal ella los nac ene con Cor sible y una nacionalidad única. Este Estado será una monarquía constitucional, democrática y parlamentaria, a cuya cabeza estará la dinastía de los Karageorgevich, que ha compartido siempre las ideas y los sentimientos de la Nación, poniendo por encima de todo la libertad y la voluntad nacionales.
2) El nombre de este Estado será: Reino de los Serbios, Croatas Eslovenos. el título del Soberano: Rey de los Serbios, Croatas y Eslovenos.
3) Este Estado tendrá un sólo blasón, una sola bandera y una sola corona. Estos emblemas estarán compuestos de nuestros emblemas particulares actuales. Su unidad estará simbolizada por el blasón y la bandera del Reino.
4) Las banderas particulares serbia, croata y eslovena. tienen iguales derechos y pueden ser libremente enarboladas en toda ocasión, lo mismo que los blasones particulares.
5) Las tres denominaciones nacionales serbio, croata y esloveno. son iguales ante la ley en todo el territorio del Reino, y todos pueden servirse de ellas en todas las ocasiones de la vida pública y cerca de todas las autoridades.
6) Los dos alfabetos cirílico y latino, tienen también iguales derechos y todos pueden servirse libremente de ellos en todo el territorio del Reino. Las autoridades reales y las autoridades locales autónomas tienen el deber y el derecho de emplear los dos alfabetos, según los deseos de los ciudadanos.
7) Todas las religiones reconocidas podrán ser ejercidas libre y públicamente. Los cultos ortodoxo, católico romano y mulsumán, que son los profesados sobre todo en nuestra Nación, serán iguales entre ellos y tendrán los mismos derechos con relación al Estado.
En consideración de estos principios, el legislador cuidará de salvoguardar la paz confesional, conforme al espíritu y a la tradición de la Nación entera.
8) El calendario será unificado lo antes posible.
9) El territorio del Reino de los Serbios, Croatas y Eslovenos, comprenderá todo el territorio sobre el cual nuestra nación de los tres nombres vive en masas compactas y sin discontinuidad.
Según el derecho de cada pueblo de disponer de sus destinos, ninguna parte de esta totalidad territorial, sin agraviar a la justicia, podrá ser desligada e incorporada a cualquier otro Estado sin el consentimiento del mismo pueblo.
10) El Mar Adriático (Jadran) será, en interés de la libertad y de los derechos iguales de todas las Naciones, libre y abierto a todos y a cada uno.
11) Todos los ciudadanos, sobre todo el territorio del Reino, son iguales y gozan de los mismos derechos con relación al Estado y ante la Ley.
La ord y a mor sabi de Mar Jual del Cón Balr vari усс man ning espe tad todo en afect 132 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.