MÁS CONFLICTOS La ley de interpretación del decreto de 18 de Setiembre de 1914 los va a crear más gordos.
Desde luego, con la Constitución, que si bien le concede a la Cámara de Diputados la atribución de «Fijar la ley, peso, tipo y denominación de la moneda» no le concede la de facultar a nadie para acuñar o hacer moneda. función privativa del Estado, y a eso equivale la disposición que dice. Los billetes de dichos Bancos (de Costa Rica, Anglo Costarricense y Mercantil) tienen en todo caso y por la suma que indiquen, valor liberatorio respecto de cualquier obligación contraída o que se contraiga en oro. La Cámara de Diputados no puede ignorar que los billetes de los bancos de emisión no son otra cosa que simples promesas de pago al portador, y que así tiene ella la atribución de convertirlos en moneda, como la de revestir de retroactividad a la ley. Como tampoco puede ignorar que la Constitución garantiza la libertad civil, es decir, la facultad legal de contratar libremente, a los precios corrientes del mercado, según lo que los contratantes consideran como su mutua conveniencia, sin restricción de un minimum o un máximum legal. y sin otra intervención de la ley que la indispensable para asegurar mejor el cumplimiento de lo pactado por los contratantes, reconociendo el principio indiscutible de que la ley de los contratos es lo estipulado en los contratos mismos. tampoco puede ignorar la Cámara de Diputados que la Constitución garantiza la propiedad de los asociados y que quien dice propiedad, dice bienes, derechos y acciones. Puede, sin embargo, la Cámara de Diputados hacer caso omiso de una Constitución sin amparo; pero ¿qué va a hacer con el Poder Ejecutivo y su decreto de de marzo de 1918, que ordena pagar los derechos de aduana en colones de 465 milésimos de dólar? qué va a hacer con la Compañía del Ferrocarril de Costa Rica, que desde abril está cobrando sus pasajes y fletes en esa misma moneda. qué con los acreedores extranjeros del Estado que exigieron ya que las consignaciones diarias del servicio de sus créditos sean hechas también en moneda de 465 milésimos de dólar. Han olvidado los señores Diputados el decreto alucido y sus considerandos. Han olvidado que ese decreto equivale a la declaración de que el Gobierno no recibirá y no los recibe los billetes de banco, los del Internacional inclusive, sino al precio que tengan en el mercado? Así ha 31 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.