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358 EOS EOS 359 cionales del derecho de gentes, si esa violación fuera el único camino abierto para salvar su existencia amenazada. El acto, la violación, es siempre ilegal, pero la culpabilidad del agente puede ser atenuada o eximida en caso de que pudiera demostrar que no tenía otro remedio para salvar su existencia en peligro.
Sólo que no basta con que el Gobierno de una nación proclame la necesidad de una violación del derecho de gentes; es necesario que la demuestre. Ha podido demostrar Alemania la necesidad de invadir Bélgica. Dios santo. Qué no darían hoy los alemanes por no haberla invadido! aunque la violación de Bélgica hubiera valido a los alemanes la rapidez en la victoria con que pretendieron excusarla, tampoco sería legítimo alegar la necesidad de la victoria como justificación de una violación del derecho de gentes. La necesidad puede existir, puede reconocerse como circunstancia que atenúa o cancela la responsabilidad de un agente. Si los sitiados de Numancia o Sagunto, o si los belgas defensores de su solar atropellado, hubiesen apelado a una cualquiera de las armas prohibidas por los convenios internacionales que los alemanes han introducido en esta guerra, el tribunal de la historia condenaria la acción; pero hallaria en la necesidad del caso circunstancia atenuante o eximente de responsabilidad para el agente. es que el juez recto puede perdonar al desesperado que por necesidad ha realizado un atropello. Pero un poderoso no atropella por necesidad. Fíjese el lector en que el supuesto es contradictorio. Como aquí no hablamos de energía natural, sino de poder social y de necesidad, tal como en derecho se entienden, poder y necesidad se contradicen.
El proverbio de que la necesidad no reconoce leyes (Not kennt kein Gebot. a que apeló el Canciller alemán para justificar la invasión de Bélgica y últimamente para excusar el empleo ilimitado de los submarinos, cubre al desesperado que no halla más medio de salvar la vida que el de cometer una infracción de las leyes, pero no al poderoso que viola las leyes para realizar con más comodidad sus ambiciones o para ganar tiempo, que es el objeto confesado de ambos horrores. hay un caso especial en que la necesidad no cubre tampoco la violencia del desesperado, y es en el caso de que el desesperado se halle desesperado por circunstancias a que su voluntad no haya sido ajena. Por ejemplo, si yo me he colocado voluntariamente fuera de la ley, y he cometido una serie de crímenes, y la policía me persigue y acorrala, y no hallo otro modo de salvar mi pellejo que matando a un agente de Seguridad, mi responsabilidad no se atenúa por la necesidad de mi acción, porque esta necesidad me la he creado yo mismo innecesariamente.
Este es el caso a que ha aludido don Miguel de Unamuno en un artículo (La Publicidad, Barcelona, 19 de febrero) que comentaba cariñosamente unas palabras mías: Pueden sin embargo, replicar a esto los alemanes y es de hecho lo que replican que su victoria, la que ellos llaman su victoria, les es necesaria para la existencia como nación independiente. No para la existencia ni aun para la prosperidad de cada uno de los alemanes, pero si para la existencia del Estado alemán como tal Estado. Porque el Estado alemán, el Imperio germánico, es una gran Asociación mercantil, industrial y politica. y hasta cultural, si se quiere que hará quiebra si no obtiene su victoria, la suya.
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