enemigos de haber violado, mientras que lo invocan como conjunto de preceptos que moralmente deben ser obedecidos. Además, la aprobación o reprobación que los actos de los beli.
gerantes reciben de las naciones neu.
trales se fundan casi del todo en las pruebas de tales acusaciones, y la intensidad de la censura es mayor cuanto mayor ha sido la violación intencional de los principios de la justicia. Cuán baladí es por consiguiente hablar del derecho internacional como de cosa de poca monta, y especialmente considerarlo como si no tuviese la fuerza de ley obligatoria, por cuanto carece de sanción externa inmediata!
Que tiene sanción real es indiscutible.
Si se le violara geueralmente, de ello resultaría la ruina completa de la civilización. Si, por el contrario, fuese generalmente obedecido; si todas las grandes potencias tratasen con ahinco de poner en práctica en sus relaciones mutuas los principios que profesan, que cada una se esmera en hacer respetar dentro de su jurisdicción y exige que las otras observen para con ella, el mundo tendría sin duda otro aspecto.
189 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.