tamente democrático inspiraba las resoluciones de ese Cuerpo.
de 21.
tación José e, para nomos de an a araciouanta se sugLión de que se de la 22 de noviembre de 1821.
La Junta Superior Gubernativa. te.
niendo en consideración que los pueblos de la villa de Heredia y Alajuela después de haber vacilado algún tiempo sobre adoptar el sistema de independen.
cia, observan una conducta misteriosa, no sólo en cuanto al sistema por influjo de algunos funcionarios públicos que le son desafectos, sino también en cuanto al concurso a la presente Legación, pues actualmente no tienen en ella sus respectivos Representantes, y que estas circunstancias con otras que se observan en correspondencia de ellas dan suficiente motivo para dudar de su fidelidad al sistema y de su unión recíproca con los demás pueblos de la Provincia, es de necesidad consiguiente tomar medidas de precaución para evitar una sorpresa hasta tanto se obtengan seguridades de la decidida e inequívoca disposición de aquellos pueblos, sus autoridades y funcionarios. dispone recoger el armamento en los todos osé, en ño de es verhí que dos los lías de itu ne.
305 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregon Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica