Acusando recibo Con mucho interés hemos leído el folleto intitulado Notas del Alegato del abogado de la Compañía acusadora, Lic. Luis Anderson, ante el Tribunal de Casación, en la Causa por defraudación de la propiedad industrial en perjuicio de la Jamaica Tobacco Company, de New Jersey. Su lectura es importantísima para todos los industriales. El Lic.
Anderson sostiene con lucidez la tesis generalmente aceptada como legítima en todas partes, y resumida en la Sent.
de de agosto de 1909 del Tribunal Correccional de Burdeos. La imitación fraudulenta existe desde que las marcas tienen parecido capaz de engañar a un comprador que no las tiene ambas a la vista. Por equidad y por recta interpretación legal se debe admitir y sustentar la opinión de que basta la posibilidad de la confusión entre dos marcas y por consiguiente el peligro de engaño, para que el delito de usurpación exista.
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