Pueblo libre Es el que, amparado por el poder público y dentro del radio de las leyes, ejerce todos sus derechos y cumple todos sus deberes, de tal manera que la violación de uno cualquiera de ellos, por los particulares o por los encargados de la autoridad, sea siempre reprimida y castigada eficaz y rápidamente.
En este concepto de pueblo libre, los encargados de hacer efectivas las instituciones, de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, tienen la misma norma de conducta que los miembros todos de la comunidad y mayores obligaciones que ellos, puesto que no sólo están sometidos al cumplimiento de aquéllas, sino al deber de hacerlas cumplir. Su marcha está regulada de tal modo que no pueden, en ningún caso, obrar a su arbitrio, ir a derecha o izquierda, salirse del carril sin causar desorden y tropezar con la sanción legal. La Constitución señala clara, expresa y terminantemente las atribuciones de cada una de las ramas del poder público, y ninguna de ellas puede invadir las de las 248 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.