Su pecado no lo lavarán las aguas de una elección para la Presidencia de la República: tales aguas serían, al contrario, de confirmación. Si quiere salvarse y salvar al País, debe devolver al pueblo su soberanía llamándolo a una Convención que reorganice la República y decida lo que fuere del caso relativamente a la elección del primer Presidente del nuevo régimen.
Algunos artículos De la Constitución de 1871. reconocida como única legal (11) por Wilson.
Artículo La República de Costa Rica es libre e independiente.
Artículo La soberanía reside exclusivamente en la Nación.
Artículo 13. Los poderes en que se divide el Gobierno de la República son independientes entre si.
Artículo 14. Nadie puede arrogarse la soberanía; el que lo hiciere comete un atentado de lesa nación.
Artículo 15. Ninguna autoridad puede celebrar pactos, tratados o convenios que se opongan a la soberanía e independencia de la República.
Cualquiera que cometa este atentado será calificado de traidor.
Artículo 16. NINGUNA AUTORIDAD PUEDE ARROGARSE FACULTADES QUE LA LEY NO LE CONCEDE.
115 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.