APUNTES 329 todos nos lo aprendimos de memoria. No se daba cuenta de que sus burlas iban granjeándole la malquerencia de los señores del Gobierno. Aunque bastante lluvioso el tiempo, especialmente de setiembre a octubre, en que hubo un tremendo temporal, el año de 1886 fue aparente para fiestas y regocijos. Sin embargo, a juzgar por las publicaciones oficiales, no había tranquilidad, para el Gobierno, se entiende. Por dos veces se suspendió hasta por sesenta dias, a juicio del Ejecutivo, el ejercicio de los derechos individuales consagrados en la Constitución tenida por vigente. Conforme a esa Constitución, entre las atribuciones del Congreso estaba la de suspender el orden constitucional en caso de conmoción interior o de agresión extranjera. con tal que se juzgara indispensable la suspensión para salvar la República. y la Comisión Permanente del Congreso tenía también la facultad de sus.
pender el orden constitucional de acuerdo con el Poder Ejecutivo y a solicitud de éste (Articulos 73 y 93, fracciones 7a. y 3a. respectivamente. Con posterioridad se modificó el primero de los textos legales dichos y fue suprimido el segundo junto con la Comisión Permanente. En la práctica. así sucede por lo general con ciertas leyes se entendía el artículo.
73, caso del modo más cómodo para los gobernantes; se prescindia del precepto constitucional relativo a las condiciones requeridas para decretar la suspen: