APUNTES 187 Notas de Historia Escritas en 1901 por ALFONSO JIMENEZ EN COSTA RICA 25 de Agosto 1835. La Asamblea Constituyente del Estado expide, por unanimidad de votos, un decreto en que reduce los días de fiesta religiosa, que eran muchos; dice cuáles días son los de fiesta cívica; manda que los particulares no interrumpan suſ trabajo y labores en los días que, según el decreto, no son de fiesta; y prohibe que se hagan las procesiones fuera de los templos. En el preámbulo se lee lo siguiente. En atención a que los muchos días de precepto y guarda perjudican la moral pública y retrasan la prosperidad del Estado, empleándose en ocupaciones ajenas a su institución; que por su número disminuyen la acción del trabajo no sólo en ellos sino en los que siguen inmediatamente.
El decreto está firmado por los señores Manuel Aguilar, Rafael Reyes, Manuel Antonio Bonilla, Diputados; Basilio Carrillo y José María Echavarría, Consejeros; y Braulio Carrillo, Jefe Supremo del Estado.
La Asamblea estaba compuesta de católicos sinceros y de sacerdotes distinguidos como el