APUNTES 105 Veamos ahora lo que dicen los documentos oficiales sobre los códigos emitidos en 1841.
Poco es y de ello no resulta nada que contradiga el testimonio de Carrillo. El 18 de mayo de 1840 fue nombrada una comisión especial de legislación, compuesta del doctor don Isidro Méndez, el licenciado don Filadelfo Benavente, don Felipe Molina y don Joaquín Rivas, presi.
dida por el primero, a fin de que hiciese tres reglamentos: el de policía, el de enseñanza general y el de la administración de justicia. Es muy interesante observar de paso que el proyecto del famoso reglamento de policía, que fue calificado de tiránico abolido por el gobierno de Morazán, lo hizo esta comisión de la que formaban parte dos liberales y morazanistas conspicuos, Menéndez y Molina. El dos de setiembre del mismo año de 1840, se amplió el cometido de la comisión ordenándole que procediese a formar un código penal; pero cuatro días después, el seis de setiembre, fue revocada la orden, para que la comisión terminase los reglamentos tan pronto como fuese posible.
Presumo que Carrillo, por razón de economía, prefirió hacer personalmente el código penal, como ya había hecho el código civil, no obstante que los comisionados sólo devengaban un sueldo de treinta pesos mensuales cada uno; pero eran grandes los apuros del erario con motivo de los gastos que requería la