290 APUNTES en comercio, inventó las primas y las protecciones, y por otra parte, entrando en los grandes negocios de la sociedad, predica la multiplicación de los cuerpos administrativos. en un sentido y en otro cae bajo los ataques de una misma crítica.
En efecto, el vicio secreto de toda ley cuyo objeto es sostener un negocio por fines artificiales, no es en el fondo ese mismo error de que acabamos de hablar. No es el olvido de esa verdad que, reteniendo gentes para hacer cierto trabajo, impide forzosamente que otro trabajo sea hecho?
Cuando nuestros hombres de Estado se creían muy sabios protegiendo las sedas indígenas contra las sedas francesas. no se figuraban que todo el trabajo así asegurado a las nuestras era un beneficio neto para la nación. No pensaban que las gentes empleadas en este trabajo, a falta de él se habrían vuelto hacia otro, y que este otro trabajo, pudiendo hacerle sin el amparo de la ley, podían evidentemente hacerle con más provecho? Cuando los propietarios territoriales defendían con tanta aspereza sus trigos contra la competencia de los trigos extranjeros, nunca se habían puesto ante los ojos una verdad tan sencilla como esta. Qué venía a probar el que sus tierras no produjeran trigo a un precio bastante bajo para apartar todo peligro de competencia?
Sencillamente que no sembraban lo que era necesario sembrar; así es que su género de cultivo era comparativamente ruinoso.
Siempre que, por derechos engendradores de obstáculos, se ha sostenido un comercio que de otro modo no habría podido subsistir, se ha apartado el capital de su dirección natural para hacerle resbalar hacia un terreno en que era menos fecundante; suprimanse esos obstáculos: se hubieran sacado los artículos protegidos de cualquier comarca en que se fabricasen