176 APUNTES a sus buenas intenciones o a las medidas de salud pública; y si antes quedaba el refugio de los altos tribunales, ahora ya no queda ese refugio porque también los altos tribunales le han dado carta de ciudadanía a las leyes de necesidades públicas, a las leyes de emergencia, y forman con ellas una nueva jurisprudencia que no puede traer sino el completo trastorno de la vida judicial y legal del país. Se hacen leyes contra la Constitución sin que nadie proteste. lo que es más grave todavía, es que se les da a esas leyes efectos retroactivos que vienen a perjudicar toda idea de justicia. En el Congreso nadie se atreve a discutir una ley que ha sido enviada por el Ejecutivo o que presenta un diputado de influencia. Los pocos que ven con claridad estos hechos y que ocupan una curul, han solido ensayar argumentos en contra de algunas de esas disposiciones, pero han visto que se estrellan en contra de una mayoría organizada que no deja lugar a las deliberaciones. Se apoya todo en nombre de la consecuencia política, y adelante, así salga mal parada la Constitución. Los países no viven solamente de los efectos materiales. Si así fuera no habría necesidad de leyes ni menos de cartas fundamentales con arreglo a los principios. Hacer leyes a troche y moche y para cada caso en nombre de medidas de emergencia, es atender solamente a la vida material del minuto. Puede que en algunos casos se logre algún bien para determinado sector; pero el mal del desorden y de los efectos morales es irreparable. Ahora se va en contra de la libertad de comercio, en contra de la propiedad, en contra de todo, con tal de que se legisle en nombre de las «necesidades públicas. la Constitución no acepta ninguna de esas prácticas; solamente concibe el caso de la expropiación inmediata cuando el país se encuentre en estado de guerra. eso para pagar después