pu19. 30 APUNTES 323 presenta grandes inconvenientes, y parece difícil asegurar al convenio una aplicación general. Por otra parte, diversas organizaciones femeninas estiman que sería preferible para la Sociedad de las Naciones proceder a un estudio profundo de la cuestión, y en tal sentido se pronunció el año pasado la Asamblea de la Sociedad de las Naciones.
La Asamblea designó un Comité de juristas para elaborar la lista de las cuestiones que deberán ser examinadas en el curso de la encuesta.
Dichas cuestiones han sido clasificadas en tres categorías: derecho público; derecho privado; derecho penal.
En lo que se refiere al derecho público, los especialistas encargados del estudio de dicha cuestión no solamente deberán describir la situación de las mujeres, sino considerar las diferencias relativas a las mujeres, fundadas sobre el casamiento, la edad, la instrucción y el número de hijos. Los especialistas deberán examinar el derecho de elección, la elegibilidad, el acceso de las mujeres a la instrucción, funciones públicas, profesiones liberales, etc.
Respecto al derecho privado, los especialistas deberán examinar la capacidad de la mujer en general, el casamiento, el divorcio, el derecho de contratar, el derecho de representar la unión conyugal, el ejercicio de un comercio o de una industria, el derecho de adquirir, poseer, administrar, enajenar los bienes, el derecho de presentarse