332 puntes pues, no es posible convencer en juicio sirviéndose de presunciones preestablecidas en una ley.
Lo que sucede es que la legislación del país, formada por lo general de retazos tomados de aquí y de allá, sin coordinación, está plagada de cosas extrañas a nuestras instituciones fundamentales, a lo que se agregan las corruptelas y desquiciamientos hijos del espíritu de novelería.
Pues bien, volviendo al tema de los matrimonios originados por el famoso artículo 311 del Código Penal, empeorado con la manera de entenderlo en la práctica, cabe preguntar qué se remedia con la celebración del acto de un casamiento que no puede llamarse voluntario.
Los buenos matrimonios, los que se mantienen a través de las vicisitudes de la vida, se apoyan en la voluntad consciente de los esposos, sostenida por el sentimiento de la propia responsabilidad, y en la mutua estimación.
Por casualidad podrá resultar, si no bueno, mediano, un matrimonio contraído tan sólo para salir de un mal paso y ganar tiempo bajo la presión de una amenaza seria capaz de dar al traste con toda la existencia.
Es absurdo y desmoralizador convertir el matrimonio institución para unos santa; digna de respeto y protección universalmente en castigo de un acti irreflexivo muy humano por no decir muy animal, como es el del caso lº del artículo 302, en que no media el supuesto engaño del caso 2º, ni menos vio