A puntes 411 La madre del absuelto me visitó con el pretexto de darme las gracias, y me pidió que sirviera de fiador a su hijo por la suma de treinta pesos que le exigían en la cárcel para ponerlo en libertad. Pareciale poco mi trabajo gratuito y el hecho de que hubiera suplido dinero para pagar la citación de los testigos. La gente por lo común tiene la idea de que quien presta un servicio desinteresadamente o hace un favor a otro, se convierte en deudor de cuantos servicios o favores se le ocurra al mismo pedirle en lo sucesivo.
Paso a referir lo relativo a mi estreno como miembro del Jurado. Tocome en suerte para estrenarme el caso del homicidio cometido por el joven don José Antonio Figueroa en la persona del notable letrado, escritor y estadista Lic. don León Fernández, quien hacía más de tres años, en agosto de 1883, había tenido la desgracia de matar en duelo al padre de su agresor, Dr. don Eusebio Figueroa, que era entonces Secretario de Estado del Presidente, General don Próspero Fernández. Atacado a tiros de revólver que le disparara el joven Figueroa y herido el señor Fernández, en la estación del Ferrocarril Central de esta ciudad, el de enero de 1887, sucumbió a consecuencia de lo mismo el día 16.
No habían transcurrido tres días cuando se me avisó que había sido designado para integrar el Jurado de Acusación en la causa del joven Figueroa.
Como era natural, había mucho interés en acelerar el curso del proceso y la defensa se dirigía a obtener el sobreseimiento. En cuanto al hecho de la agresión en sí y su resultado, no se ofrecía cuestión. Por consiguiente, lo que se iba a intentar era que el Jurado de Acusación examinara la cuestión de responsabilidad.
Se me advirtió eso oportunamente. La decisión, por