aloeloos SEBE SOLES 10 al 16 de febrero de 1989 Adelante Buscan recursos para pagar salarios trabajadores de de Industrias Barzuna Ministerio de Trabajo formará comisión con empresarios y sindicalistas donde se estudiarán denuncias de violaciones a derechos de los trabajadores.
producción en Industrias Barzuna.
La empresa está bajo la administración de un comité de trabajadores y del curador nombrado tras el cierre.
Ante denuncias del sindicato de violaciones a los derechos de los trabajadores en Industrias Barzuna, Corporación Universal, Industrias Rosago, Industrias Katuir y otras, el Ministro resolvió integrar una comisión con representantes del Sindicato del Vestido, de la Cámara de Industrias, la Asociación de Maquiladores y el Ministerio de Trabajo para discutir este tipo de asuntos.
En muchas empresas se escamotea el salario de los trabajadores, varias están a punto de cerrar sin garantía para los obreros del pago de sus derechos adquiridos, y la persecusión Luis Angel Serrano, Secretario General del Sindicato del Vestido, con un grupo de trabajadores en la Ministerio de Trabajo.
sindical está generalizada, dijo Luis Angel Serrano.
Otras demandas planteadas al Ministerio El Ministro de Trabajo, Lic. Edwin León semanas.
grupo de trabajadores que se presentó intem por el Sindicato del Vestido, como la ratificaVillalobos, se comprometió a hacer gestiones El compromiso fue adquirido al término pestivamente en su despacho.
ción de varios convenios de la OIT y la intercon el Banco Popular a fin de asegurarles el de una reunión, el lunes, con el secretario ge León Villalobos dijo que también hará pretación auténtica de varios artículos del Cópago de salarios a unos 130 trabajadores de neral del Sindicato del Vestido, Confección, gestiones con el Ministerio de Exportaciones digo de Trabajo, serán vistos en las negociaIndustrias Barzuna suspendidos hace varias Textiles y Pieles, Luis Angel Serrano, y un a fin de garantizar mercado para mantener la ciones entre el gobierno y el CPT.
Pido la palabra No existe legalmente Ministerio Público Lic. Inocente Castro Barahona na que: La norma NOVENA de la Constitución Política nos ense República. Entonces, con lo anteriormente dicho deducimos que carece de capacidad económica para contratar los servila existencia de dos Ministerios Públicos, uno en Sede Penal cios de un defensor particular, debería, y así debe de ser, ha de dependiente del Poder Judicial (Corte Suprema de Justicia. y estar ejercida por juristas dependientes del Ministerio de Jus El gobiemo de la República es popular, representativo y el otro en Sede Civil, desde hace más de 100 años, dependien ticia, que por antonomasia le corresponde el ejereicio de esta responsable. Lo ejercen tres Poderes distintos e independien te de la Procuraduría General de la República. Poder Ejecu defensa en procura de justicia pronta y cumplida.
tes entre sí: Legislativo, Ejecutivo, y Judicial.
tivo. La judicatura, siendo como lo es, el ejercicio de juzgar, que En Derecho, el Ministerio Público es el representante de la le corresponde al cuerpo constituido por los Jueces del EstaLa misma Norma ordena obedecer, sea, le ordena a los dis Ley y de la causa del bien público, y está atribuido al Fiscal an do (Poder Judicial. ha de ocuparse exclusivamente en declatintos Poderes el no delegar el ejercicio de sus funciones que te los Tribunales de Justicia. En algunas latitudes de Amérirar el Derecho.
le son propias: ca y Europa, se le conoce como Ministerio Fiscal, y es un OrEl Derecho tiene dos señoras incomprendidas, tal vez por ganismo dependiente del Poder Ejecutivo. en Costa Rica, el exceso de atribuciones funcionales de la Judicatura, ellas no Ninguno de los Poderes PUEDE delegar el ejercicio de por lógica consecuencia, debe volver a ser una dependencia son bien asistidas, no son lo adecuadamente deseable que sefunciones que le son propias.
orgánica de la Procuraduría General de la República.
an comprendidas, y por ellas los Abogados luchamos de frenEI ORGANISMO DE INVESTIGACION JUDICIAL, te contra los encargados de la Judicatura cuando les corresEs lo cierto que el Poder Judicial en el ejercicio de la Judi. Policía Judicial) es una dependencia auxiliar de los tribuna ponde declarar el Derecho en nombre de las señoras JUSTIcatura Penal, ejerce funciones que le son propias del Poder les perfales, por ministerio de ley, según artículo 125 de la Ley CIA EQUIDAD.
jecutivo cuando en su función de Ministerio Público, promue Orgánica del Poder Judicial con sustento en la Ley No. 5229 Es por lo anteriormente dicho, que debemos aliviarle de ve la acción penal pública y la ejercita con fundamento en el de de diciembre de 1973.
tanta carga ocupacional al Poder Judicial, devolviéndole a la artículo 2º del Proyecto de Ley de creación del Ministerio Pú Este Organismo antes dicho, debe depender directamente Procuraduría General de la República, el MINISTERIO PUblico. Entendiéndose que el Ministerio Público mediante un del Poder Legislativo, o de la Contraloría General de la Repú BLICO. Ubicando a la POLICIA JUDICIAL bajo la depenProyecto de Ley (que aún no es Ley) manifiesta su voluntad blica, como Policía Contralora, y nunca como policía represi dencia del Poder Legislativo, que bien puede ser directamende pedir al Juez de Instrucción o Penal (según sea el caso) u va, a como por ministerio de ley está constituida.
te dependiente de la Asamblea Legislativa, o bien, de la Conna determinación sobre un supuesto de hecho delictivo. La Defensa Pública o de Oficio, por ministerio de ley, se traloría General de la República. la DEFENSA PUBLICA El legislador le otorgó funciones a un organismo que aún gún artículo 133 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta DE OFICIO, integrarla al Ministerio de Justicia como un órno ha creado, mediante el artículo 5º de la Ley No. 5377 de 19 tuye que los defensores públicos son funcionarios del Poder gano de su dependencia. Transferencias que se han de cumde octubre de 1973. Código de Procedimientos Penales. Judicial.
En la Judicatura Civil se reconoce al Ministerio Público co La defensa que se le provea en la jurisdicción penal al re plir con todos los requisitos legales. por ley debidamente de por la Asamblea Legislativa. mo un Organo dependiente de la Procuraduría General de la o que no tiene capacidad de defenderse personalmente, o al San José, de febrero de 1989.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.