ADELANTE, MARZO 12, 1961 CAMPO PAGADO El árbitro supremo de la democracia es el Pueblo La Carta Magna no establece ciudadanos de primera y segunda clase: Todos tienen derecho a elegir y ser electos Al fundarse el Comité Nacional de Acción del Partido Socialista Costarricense, lanza un manifiesto al país, lleno de lógica y rebozante de irrebatibles razones Por iniciativa del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Socialista Costarricense, los que firmamos el pie de este documento huincs formado su COMITE NACIONAL DE ACCION tido Socialista Costarricense en lo futuro algunos elementos fichados como comunistas o que alguna vez hayan estado afiliados al Partido Vanguardia Popular o a cualquier otro partido proscrito por acusársele de comunista, no puede ser invocada como causa para considerarlo comunista y aplicarle el artículo 98 de la Constitución, al igual que no lo fue para su legalidad entre a ser debatida en la Asamblea Legislativa, a movilizarse ordenada pero combativamente, para que se respeten sus legitimos derechos de ciudadanos y de electores.
El pueblo es el árbitro supremo de la democracia. El pueblo puede debe hacerse sentir para que los poderes públicos no atropellen sus derechos soberanos.
Ha determinado la necesidad de crearlo la situación en que el Tribunal Supremo de Elecciones ha colocado al Partido Socialista Costarricense al dilatar no se sabe por cuánto tiempo una consulta que de acuerdo con la Constitución le hizo la Asamblea Legislativa.
neficiaron de la misma circunstancia.
los partidos que en anteriores ocasiones se be El Comité Nacional de Acción del Partido Socialista Costarricense Carlos Guillén Fernández, Jefe de Acción, En efecto, la Carta Magna no establece ciudadanos de primera y de segunda clase. Por lo contrario, declara a todos iguales ante la ley. Dentro de los marcos de este principio fundamental, la Constitución confiere a todos los ciudadanos, inclusive a los comunistas, el derecho de elegir y ser electos. Absurdo sería entonces, para no llamarlo de otra manera, que se quisiera proscribir al Partido Socialista Costarricense solamente porque alguno o algunos de sus afiliados lo fue o lo fueron antes a un partido fichado de comunista.
Mientras otros partidos políticos celebran sus convenciones y eligen sus candidatos presidenciales, el nuestro está frenado en sus actividades, en vista no sólo de la amenaza de ilegalización a que se le ha sometido, sino también, y lo que es quizá más grave, de la tardanza del Tribunal Supremo en tramitar la consulta. Sentado este funesto precedente, cualquier partido podrá en lo futuro paralizar a su contrincante durante meses con solo acudir a la maniobra: poner en entredicho su legalidad, recurriendo al artículo 98 de la Constitución, tal como se está actuando con el Partido Socialista Costarricense.
Periodista Francisco Gamboa, Jefe de Propaganda, Ing. Hugo Castro Steinvorth, Secretario de Finanzas, Dr. Armando Chamorro, Secretario de Asuntos Agrarios, Es más, cualquiera que lea las actas de la Asamblea Constituyente, observará como a la hora de discutirse la eninien la Volio Sancho, que introdujo el artículo 98 en la Constitución, su propio defensor expresó que no era su intención cercenar los derechos individuales de los comunistas, su derecho a elegir y ser electos y, por ende, a afiliarse a cualquier partido, sino PROHIBIR ISL FUNCIONAMIENTO DE UN PARTIDO COMUNISTA.
Prof. Rafael Llubere, Secretario de Estudios Económicos, Dr. Oscar Morera, Secretario de Asuntos Asistenciales y de Bienestar Social, De actuar conforme al mandato expreso de la Carta Magna, el Tribuial dehió limitarse a contestar a la Asamblea Legislativa si el Partido Socialista Costarricense puede en su opinión ser calificado, teniendo en cuenta su programa, medios de acción y vínculos interna cionales, como una partido que atente contra la soberanía del país, o que tienda a destruir los fundamentos de la organización democrática de Costa Rica. Pero los señores del Tribunal, excediéndose en sus athrciones se han dedicado a investigar la conducta personal de los afiliados, tarea en la que, si así lo desean, pueden pasarse los meses que faltan para las elecciones.
Prof. Lía Pérez, Secretaria de Asuntos Educacionales, El Partido Socialista Costarricense no es, ni por su programa, ni por sus medios de acción, ni por vínculos internacionales, un Partido Comunista. Por consiguiente, la presencia de personas sindicadas como tales en sus listas de adherentes o en cualquier órgano que se forme, no puede ser utilizada como pretexto para ponerlo fuera de ley.
Sra. Margarita Castegnaro de Barrantes, Secretaria del Ala Femenina, Sra. Alicia Albertazzi de Cerdas, Secretaria de Actas, El Comité Nacional de Acción del Partido invita a todos sus afiliados y amigos a dirigirse al Tribunal Supremo de Elecciones demandándole resolver inmediatamente y conforme a la Constitución y la ley, la consulta que le ha sido formulada. Los invita también, cuando En su primer manifiesto a la opinión públi.
ca, el Comité Ejecutivo del Partido Socialista Costarricense dejó bien establecido lo que es fundamental en este asunto: que la circunscancia de haber apoyado o llegar a apoyar al ParProf. Ovidio Salazar, Secretario de Correspondencia, Lic. Osvaldo Rodríguez, Asesor Jurídico.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.