Año II.
República de Costa Rica. América Central 49.
EL OBRERO.
PERIÓDICO SEMANAL. ÓRGANO DE LA SOCIEDAD DE ARTES OFICIOS.
CONDICIONES: SUSCRICIÓN POR TRBESTRE. 04 VUVERO SCELTO. 10 cts SUSCRICIÓN POE TERIESTE. 51 00?
SAN JOSÉ, 23 DE OCTUBRE DE 1891.
BRE Editor y Redactor responsable, Miguel Angel Salazar.
EL OBRERO.
La primera parte de la refor además en el proyecto de Re dejamos dicho, de la Directima de este artículo, no sólo glamento Interior, encomen va y Administración de la Soles innesaria sino fútil; refor dado al General Serrano y al ciedad.
REFORMA DE ESTATUTOS. mar de esta manera es em que suscribe.
He aquí el artículo que se brollar las leyes y sugetarnos. Este requisito estará demás pretende reformar innecesaá que se nos llame majade en uno de nuestros dos códi riamente, y en donde no se En el deseo de que todos ros por el simple prurito de gos de leyes y es preferible trata de qu! 07! 1512 porque ese nuestros consocios estén al cambiar una fórmula sencilla que conste en el Reglamento no es el lugar en que debe corriente de la reforma que y que está concebida en bue Interior.
hacerse, dice así: se trata de introducir en algunos términos por otra que no Dejamos, pues, cemostra sig tículos Snos de los artículos de los es tiene más mérito que el desa do, que la reforma del artícu. TAS GENERALES EXTRAORDItatutos que nos rigen, nos va lir de la pluma de un aboga lo ri no se necesita.
XARIAS LOS TOCALES SESTImos ocupar ligeramente de do. Tan claro está el artícu. TTIRÁN POR SU ORDEX 205 las conveniencias inconve lo vigente, como la reforma NEJIBROS DE LA DIRECTIVA niencias de reformar nuestra propuesta y entonces, puesto La reforma del artículo 12 (convenirnos en que debió deley constitutiva, para que en que nada se adelanta no debe. se propone así: cir VEZA EX EL REIOTO vista de las razones expues mos dar muestras de tan po Las juntas gezicvales ten CASO DE AUSENCIA DE LOS tas, se sancionen rechacen c2 cordura, que prefiramos: drán Irigar con 20 socios 10 PROPIETARIOS, HARÁS SE las reformas dichas, según la cambiar un vino añejo, bue mnenos; si 120 hubiere quiez. VECES LOS SUFLESTES, SI conciencia de cada uno de los no y conocido, por otro nue presida boz 320 haber concurri ITAMBIÉX FILTASEN ÉSTOS, miembros de la Sociedad de vo y no mejor, y que nos exi do el Presidente Vice Pre CASO QUE SERÍA JUY EXCEPArtes y Oficios.
ge trastornar el orden en que sidente, presidirá el miernbro CIONAL, SE VODIBRARÁ DIRECNombrada una comisión tenemos arreglados los demás de rzayor edad de la Fronto TIVA AD HOC DE ACUERDC encargada de estudiar los que nos sirven de uso. Directiva un socio cualquie CON LA JIAYORÍA DE LOS SOpuntos defectuosos de los es tatutos y proponer la refor En cuanto la segunda va 101nbrado ad hoc. Esto CIOS PRESENTES.
ma, es de aplaudir la activi parte de la reforma, también inisino se hará si el Secretaa La reforma de este artículo dad de los señores Dengo y la creemos innecesaria desde no su suplente faltasen.
carece de importancia, como Quirós (Vidal) por el pronto el momento que sin introdu El autor de la reforma de dejamos apuntado y según se cumplimiento de su cometi cirla no trastornamos los ar este artículo sufrió una aluci lexpresa su autor en el consido.
tículos de nuestros estatutos nación, pues su objeto princi derando siguiente, que por Después de algunos consi y sí podemos consignarla dis pal, como él mismo lo mani cierto está en oposición con derandos, propios del caso, posición muy buena que en fiesta después en uno de los el artículo 41 de los estatupara atraer todas las simpa cierra, en uno de los artículos considerandos subsiguientes, tos, da las Juntas Generatías hacia los puntos que la del Reglamento Interior, ha sido facilitar las sesionesies una atribución que no decomisión cree deben cambiar que los mismos estatutos en y precisamente en el artículo ben tener: se, se proponen los siguien varios puntos aluden y el cual doce no se trata de sesiones, Las Juntas Generales, dites nuevos artículos: es de tanta fuerza y legalidad sinó de la directiva y admi Ice la Comisión reformadora.
Artículo II, como está vivi como nuestra ley general. nistración de la sociedad co son las llamadas legislar y gente es: TANTO EL TESO Hasta ahora la práctica ha mo muy bien puede verse delá poner remedio pronto y efiRERO COMO LOS ADMINISTRA sido exigir al administrador la separación ordenada que se caz las necesidades que ocuDORES, RENDIRÁN FIANZA Ály tesorero la escritura de fian ha seguido al elaborar los Es rran en la sociedad. Debe SATISFACCIÓN DE LA SOCIE za antes de tomar posesión tatutos, haciéndolo por capí en co en consecuencia hacerse exDAD, QUEDANDO EN LA OBLI de sus cargos. Así lo hizo tulos aparte, y dedicando un pedita su reunión, GACIÓN DE AMPLIARLA SE expontáneamente nuestro ho capítulo para cada asunto de La comisión se está refiGÚS EL AUMENTO DE LOS NE norable consocio don Santia interés por separado. Tene riendo a las juntas de que hago Alvarado; así mismo ma mos, pues, que además del bla el artículo doce, sean las La comisión, con visos de nifestó alguien en una sesión embrollo innecesario de la extraordinarias, y éstas no imposición que rechazamos, que debía hacer don Luis reforma consignada, puesto tienen tal atribución; claradice que este artículo debe Bonilla antes de recibir la Te que en diferentes términos, mente dice el artículo 41 de quedar redactado en estos tér sorería, lo cual no era necesa pero diciendo lo mismo, está los estatutos, que las de que minos. El Tesorero y los ad rio, en razón de que el señor el artículo doce vigente, se habla el 39 juntas ordinministradores debei dar fian Bonilla con mucha anticipa aporta otro embrollo en el or rios, sean las de cada mesza satisfacción de la socie ción expuso que no recibiría den que se ha seguido en los tienen por objeto, inciso 69: dad, la cual ampliarán cuan sin haber rëndido antes la estatutos; este desorden no disciitir en si! Caso la reform?
do el incremento de los nego fianza de ley: Así se hizo debe dejarse pasar, sino que de estatutos, es decir, législar.
cios asi lo exije: no tomarán cuando el nombramiento nombramiento de la disposición necesaria de cualesquiera otros purtos posesión de su presto sia ga administrador recayó en don facilitar las sesioncs. debe for concernientes a la societali rantizai su responsabilidad y Gerardo llatamoros y si mal mar en su línča respectiva o lo tienen esa facultad las los gastos que con esto se oca no recordamos existe lo me sea en el capítulo 10guc. otas juntas.
sioner, som de cilenta del coli nos un acuerdo de la Socie trata de las sesiones y no en: Es esíč, pues, un embrollo gado rendir fianza.
dad este respecto. constalel capítulo que trada como de que no saldrían con ácilGOCIOS.
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