National Liberation

. URUGUAY: LIBERTAD PARA LOS REHENES.
y.
Desde el de setiembre de 1973, nueve miembros de la Direca fueron cón del Movimiento de Liberación Nacional Tupamaros trasladados del Penal de Libertad, en calidad de nebenen la dictadura militar. Sus nombres son: Raúl Sendia Anton cio, Adolfo Wassen. Alaniz, Jorge Maneras Lluveras, Julio Marenales Saenz, Henry. Engler Golovchensko, Mauricio Rosencoff Zilberman, José Alberto Mujica Cordano, Eleuterio Fernández Huidobro, Jorge Zabalza Waksman. En mayo de 1974 a esta lisa ta se agrega Jorge Selves Lawlor. Ellos fueron señalados por la dictadura militar uruguaya para ser ajusticiados sumariamente, si el MLN Tupamaros continuaba operando en Uruguay y si, en alguna de sus acciones se cometía algún atentado contra integrantes de las Fuerzas Armadas. Esta decisión se les comunicó a Sendic y Zabalza. Luego estos prisioneros fueron trasladados a prisiones del interior, para dificultar su localización por parte de abogados y familiares. Actualmente están en celdas individuales de por 5, metros. húmedas, sin ventilación, la puerta permanentemente cerrada, la luz prendida de día y de noche, las ventanas tapiadas y otras te rribles condiciones. Por la deficiente alimentación, la ma.
yoría de estos presos sufren trastomos motrices y circulator rios avitaminosis generalizada con repercusión en las van el aparato respiratorio, su aislamiento es total. No ODS LO te su evidente declinación Física y síquica, la asistent médica es completamente deficiente. SU: o uruguayo permitiese el examen de la situarescatar a la yida Todo esto se puede probar si el gobierno Uruguay la entrada de abogados médicos para el exame.
de los presos. Es importante y vital rescatar a ta qusenes son perseguidos con saña inaudita.
enviar mensajes a los organismos internacionales de Es necesa de los derechos humanos.
de Libertad para Raúl Sendic y todos los presos politicos nes. internacionales de defensa. todos los presos políticos y rehe. Solidaridad Obrera Uruguay. marzo, 9107 Evry Cedex, Francia)
en de carta de Antonio Viana Acostas pueden ruguay. marzo, abril 1984, 219.