OLGONO ORCAL Ober FOR. Www ACUERDO DEL CONSEJO NACIONAL dicha resolución, y conocido el resultado, es deber nuestro simentar toda Confederación Regional Obyera Mexicana conquista y hacerla efectiva, por todos los medios légales de que podamos disponer.
CIRCULAR NUM. 28 tados, dejando a salvo los derechos de Por lo que ya nos estamos dirigienA las Federaciones, Confederacio debido tiempo.
los mismos, para hacerlos valer a su do a las autoridades Federales correspondientes, para que se hagan efecti. nes y Agrupaciones Textiies Miembros tal III. Procúrese llevar cuenta deta vos los salarios del primer grupo, de la llada de lo que se le deje de pagar a como lo dispone el laudo de la citada Salud: Junta: En relación con nuestro oficicio nú cada compañero, si es que no pagan mero 2786 de fecha 17 de julio dirigi. conforme al primer Grupo a efecto de Con súplica de que se sirvan acusar do a las Federacionos, referente a la que en cualquier tiemupo, se conozca recibo de la presente circular y de que resolución dictada por la Junta Fede al detalle, lo que las empresas deben sean atendidas las instrucciones que ral de Conciliación y Arbitraje. en el a los compañeros.
se dan en la misma; quedamos de usconflicto económico planteado por alIV. Se pague o no conforme al tedes por la causa del Movimiento gunas empresas textiles, para la nive primer grupo, infórmese al Comité Cep Obrero Nacional.
lación de salarios, nos permitimos ma tral por oficio, a la mayor brevedad.
SALUD REVOLUCION SO.
nifestarles lo siguiente: posible, procurando mandar. con toda CIAL. México, Agosto 10. de Ustedes deben estar enterados de claridad, los siguientes detalles: 1934. Comité Central. Secretario que varias negociaciones de la Indus a) número de trabajadores; General, Martín Torres. Fed. Nscional Textil. Secretario General. b) ubicación de la fábrica; tria Textil, del ramo de algodón, de distintas localidades de la república, c) núinero de turnos; Wenceslao Cuazitl.
interpusieron amparo contra la resolu d) nombre del Administrador, y NOTA. Esa agrupación puede utición dictada por el grupo número de e) clase de actividad o actividades, lizar el siguiente texto, para formular la junta federal de Conciliación y Ar: a la que se dedique la fábrica; es de la protesta a que se refiere el punto sei bitraje, que declaró que todas las em cir; si se dedica a hilados, tejidos, es gundo de la circular número 28.
presas textiles de dicho ramo, están tampados o solamente a determinado obligadas a pagar los salarios corres proceso de elaboración.
Señor administrador de la Fábrica.
pondientes al primer grupo. Este Co Vi. Cualquier dificultad, confiicto Presente.
mité Central, desde que tuvo conoci o incidente que preténdan provocar En virtud de que esa negociación se miento de esos juicios de garantías, ha los empresarios con motivo del cumi niega injustificadamente a cumplir con estado pendiente de su proceso, y ayer plimiento de la resolución de la Junta los términos de la resolución dictada se enteró de que los jueces tercero y Federal de Conciliación y Arbitraje, por la Junta Federal de Conciliación sexto del Distrito de este Distrito Fe comuníquese a este Comité Central. y Arbitraje, y notificada legalmente deral, negaron la suspensión difinitiva por la vía más rápida o si se pretende con fecha 16 de julio próximo pasado, en dos amparos, cuyas audiencias in resolver en alguna forma, consúltese por medio de la cual todos los emprecidentales se llevaron a cabo la misma también a este Comité Central. sarios están obligados a pagar las tariVI. Como es muy posible que ha far y porcentajes del primer grupo que Las resoluciones de los jueces, vie ya empresarios que tengan interés en señala nuestra Convención colectiva nenen a dar mayor firmeza al laudo de provocar dificultades o conflictos con del Trabajo, manifestamos a usted, la Junta Federal de Concilicón y Ar sus trabajadores, pretendiendo con que tanto las cantidades que pague bitraje, y vienen a resolver la duda ello justificar cualquier actitud hostil esa empresa, correspondientes a los samomentánea que se había provocado a la resolución de la Junta Federal, larios de esta semana, como cualquiecon motivo de los amparos interpues los. Comités Ejecutivos procurarán re ra otra suma que se haya recibido la to por los industriales. En esta virtud, comendar a los miembros de los res semana pasada o las que se reciban en el Comité Central se permite recomen pectivos Sindicatos, mantengan sere lo sucesivo, en igụales condiciones, las dar a todas las agrupaciones de la Ra. nidad y prudencia frente a todo oonrecibirán nuestros representados, a ma Industrial Textil, de algodón, los flicto, mientras tanto los Comités Eje. cuenta de sus salarios integros que siguientes puntos: cutivos informarán a este Comité Cen. les corresponden conforme a los tabuI. Insístase cerca de las Administral, como se indica en el punto ante. larios del primer grupo de nuestros traciones de las respectivas Fábricas, rior, para que se le den instrucciones contratos colectivos vigentes, en la inen que el pago de los salarios corres o se obre como proceda.
teligencia de que dejamos formulada pondientes, del día 23 del pasado Julio Este Comité Central estima que la ante esa Administración nuestra proen adelante, sean cubiertos conforme a Confederación Regional Obrera Me testa de inconformidad y a salvo los los que corresponde al primer grupo, xicana, debe prestar todo apoyo y poderechos de este Sindicato y de todos que establecen las tarifas de 1925 27.
ner en práctica todos los medios que y cada uno de sus miembros. para toII. Si las Empresas se han negado estén a su alcance, para hacer valer dos los efectos legales procedentes.
en la fecha y al rayar ļos salarios de los derechos de sus agremiados en el Somos de Ud. atentamente por la la presente semana, insisten en pagar Ramo. Textil. derechos que se derivan causa de nuestra Organización.
conforme a las tarifas del segundo de la resolución dictada por el grupo SALUD REVOLUCION SOgrupo, recíbanse las rayas, pero déje número seis de la Junta Federal de CIAL. Póngase el nombre de la Pose establecida por escrito, la protesta Conciliación y Arbitraje, pues señala. blación y fecha. Fírmese por el Sede inconformidad en nombre del Sin dos los puntos de vista que dejó esta cretario General o el que haga sus vedicato y en el de todos sus ropresen blecidos durante el juicio que motivó ces. fecha de ayer.
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