. Art 75. Que la obligados los jaloer, los aules, instrumentos na a Visu, o traballar no relevado tiene rationes a hacer los descuentos de las feriales necesarios prejemutar el trobligación de continuar trabajando rares de los trabajadores en los térmi. bajo convenie, niebiendio darles e ganando tiempo doble, obligándose el nos y para los efectos de las frscciones buena calidad y reponerlos tan luego sindicato a proporcionar innelistaXIX del artículo 111 de la ley remodejen ti woteficientes, sempat mente un relevo con conorimientos su Federal del Trabajo.
4! quells sebavat. comprimeni. fcientas para desempenar el puesto.
tit. 76. Los sindicatos contra. doansar herramienta propia. Arimis. Ari. 89. Los: pstromes ile ben polita tanies tendrán derecho de nombrar a no; tienen la obligación de observar las mitir laquelins de sus trabajadores u costa, inspectores de las diferentes medidas adecuadas y las que fijen las que irping categoría le proces zabásculas del ingenis o fábricacon el leyes, a fin de evitar que los riesgos sildades, que corten la iro: indispensa.
pobjetos de que intervengun gilen profesionales se realicen, cotando a los tres para su uso domestico, respetando las operaciones de pesarlo de la cana y trabajadores de los equipos indicados las disposiciones que establezcan las la traction de los comprobantes que para cada clase de trabaju, cesarios levis relativis se entreguen a los trabajadores, para su seguridad.
Art. 90. Todas las cuestides in 77. Cuando las circunstan. Art. 83. Uni vez contratados los conilirtos de trabajo de opila coreo cias del trabajo los requieran. elpatrón, trabajadores. luaris temporales: 1 01 Sp! Tranexo 100 rite por (0) dintole al sindicato la inter fencion eventuales, los patrones de podrán susteel sindicate ditulirme cunha ini que corresponde podrá trasladur sus penderlos antes de la terminación de cenio: por el mismo conductose trats.
trabajadores del Ingreneur habitual la zafran tiempo para el qu bayan rán también los cooflictes individuales in te presten sus servicios, y otro dis. sido pedidos, a menos de que exista que afecten a los trabajadores, sin per tinto, sienipre que se se les cambie de causa de suspensión ajena a la voluntsid juicio de que lo hicieren person inente ca! egoría en su perjuicia. Cuando la del patrón, pudiendo ser utilizados sus o por conductor de la persona juni di. ncia en queri irabajador presie servicios en labores similares a aquellas carla ciso designaren.
sus. jsicias 10 lt poems acudir a su para las que se contrató y sin que afec. Art. 91. Todos los Cuizos 10 pisan domicilio durant: il dii. iomar sus te a los trabajadores titulares perma. vistos en el presente contrato strán alimentos, o que pintas les stati llevados nentes o de planta.
Testos de (3) Con la costumbre per conducto de forcheros o alArt. S1. Los trabajadores de vue.
de cada lugn.
13 icers esatron ministrará al vo ingreso al ser ocupados en cualquier trabajador diebris alimentos o le entre departamento o especialidad de la in.
TRANSITORIOS: gará el importe de ellos. si la distan. dustria, quedarán sujetos a prueba por riskit tal que impidine radnja: el término de traint: das, después del PRIERO. Il presente contrato do volver a su comcilio, lo pagará cual, si no se le ha hecho ninguna cb comenzará a surtir sus efectos deste ri también los gustos de alaiamiento, jeción por escrito por parte del patión, día en que se notifique este laudo a la PD ambos anguis los de transporte, si el. se considerará. trabajandos ambiti vrlo lugar donde fue trasladado estuviere mente como titular de presto que esté arbitral sin perjoirio do que por eonve partes que suscritsieron el compromiso a más de contro kilómetros de aquel en ocupando.
inio entre ellas se hubieren puesto a donde liabilualmente presto sus serviArt. Los polevosial personal en vigor aquellos artículos en los cuales cioso del de su residencia, de ferrocarril, tendrán el tiempo necrestuvieron de acuerdo en la ConvenArt. 78. Cuando los trabajado. sario para recibir y equipar debidamen ción Obrero Patronal de la industria res a jornal diario oppa los destajo te. En aquellos ingenics en que no ha zucarer. sa ven imposibilitado para rjerutar ya en Iris campos el agua suficiente SEGUNDO. Le but este con sus labores por causa do despfectos para el abastecimiento de las máquinas. Trato solo serán revisables enda diris en la maqunwaria, falta de herramienta estas serán dotarlas con un tanquean. anos. esceptir en el caso di que fuese o por algún motivo imputable al pa. xiliar, elevado a la categoría de contrato (7.
trón, deberán percibir il jornal integro lectivo obligatorie que les corresponds.
ArtSG. Cuando e personal sea TERCERO. En caso de que isip.
Art. 79. Quedan obligados los de la hora en que le correspondisinllamado a prestar servicio?
antes contrato son elevado a la polígons de. de caña, cuando por cualquier circare carácter de extraordinario cbrain, se patrones a anticipar a los cortadores riar sus labores, el tiempo que con el obligatorio, será revisabe en los tér.
minog del artículo: 65 de la Ley poden tancia no hubiere sido levantada de les pagará a salario doble. Cuando el ral itel Trabajo campo, el cincuenta por ciento del valor CUARTO Alerts::TriSigorista de su trabajo, según calculo que ambos personal de ferrocarril baka saspriobras con otros equipes de ferrocarril a jenog tratos coletivos o individualis eseri contato, que::rán cipientvides lois con.
partes ligun del toneluje cotado.
al del ingenio, al mistrún!
Art. 80. Les patrones propieren sonal, con gratificación, el inporte tos o verbiale conforme a los cuales marán a los trabajadores, fuera del cas de una hora extra.
89. hayan segido en sus relácie nes ile ca del ingenio o fábrica, el número de trab jo los empresarios y los sindic: tos Art. 87. Cuindo el trabajador no tlac taleros que sean necesarios, según pueda salir del lugar en que preste sus de todas las estipulaciones contenidis quene: treulte :iplicablr, a excepción las costumbres del lugar: servicios durante las horas de descanso en contratos y cinzenios actualmente Art. 81. los trabajadores que, y comidas, el tiempo correspondiente en vigor en los ingenirs de la Repúbli. Con motivo de la prestación ile sus ser a dichos actos le sorá contido como ca. que sean superiores a las estipily vicios, se encuentren en malas condi: tiempo efectivo dentro de la jornada ciones del presente en favor de los tratciones físicas, se les proporcionará un, normal de trabajo.
bajadores, les compless subsistirán en trabajo compatible con su estado.
Art. 88. Cuando en un turno de todas sus partes. El árbitro, Lazaro Art. 82. Los patrones quedan trabajo continua no ser presente el rein. Cárdenas. Rijbrica.
obligados a proporcionar a sus tralt vo, sin cosa justificada y sin previo (Cantina)
30