CapitalismStrikeWorking Class

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La Confederación Regional Oorera Mexicana, considera de utilidad el establecido Seguro Social, porque con ello se corrijen aunque sea en situaciones económicas peno sas a que está expuesto el proletariado constantemente como consecuencia del régimen social y cconómico representado por el capitalismo.
Queremos, sin embargo precisar que no estamos conformes con que el Seguro Social incluya entre sus propósitos, el de relevar a la clase patronal la Constitución General de nuestro país y la Ley Federal del Traba e Las obligaciones que le tiene impuestas jo en materia de responsabilidades por riesgos profesionales, ni aún a título de que la clase patronal contribuyera ãe manera exclu siva para la formación del fondo que ha de servir para cubrir es tos riesgos, pues en la práctica hemos encontrado que sólo la ac ción sindical ejercitada por los Sindicatos de Trabajadores, para presionar a la clase patronal por 105 medios que la Ley establece: como por ejemplo, la huelga, ha sido posible obtener que las obliciones consignadas en la Ley para la clase patronal en materia de riesgos profesionales se hagan efectivas y consideramos indispensa ble que los patrones sigan siendo responsables directamente frente a la clase obrera y frente al Gobierno por esta clase de riesgos.
Por otra parte, consideramos que desde el punto de vista político, es inconveniente que una obligación que es originalmente de la responsabilidad de la clase capitalista, obligue de manera directa al Estado para con los trabajadores, desviando de esta manera la responsabilidad de la clase patronal hacia el Estado, el que, por lo menos, tendría que compartir estas responsabilidades en virtud de su participación en la administración del Instituto del Seguro. Por éstos motivos manifestemos nuestra opinión excluir del Seguro Social los riesgos de carácter profesional. El sentido de Nuestra opinión es también en contra de que se incluyan en la Ley del Seguro Social, los riesgos por falta de trabajo, pues creemos que siendo este un riesgo tan difícilmente controla ble, especialmente en nuestro medio, por carecer de estadísticas y hasta de informaciones generales que pudieran servirnos de antecedentes para poder fijar el monto de las primas que alcancen para cubrir los riesgos por falta de trabajo, sería muy peligroso in cluir tales riesgos porque en vista del peligro en que se coloca. ría a las Instituciones del Seguro por virtud de esta falta de con trol sobre tåles riesgosya cometería el error de colocar en la misma posición de inseguridad y de fracaso, el cumplimiento de las obligaciones del Instituto del Seguro, por lo que respecta a los demás riesgos.
No somos contrarios, sin embargo, a que se busque la forma de contrarrestar las consecuencias de la falta de trabajo, pero creemos que esto deber ser resuelto mediante disposiciones gubernane ntales que tiendan a car ocupación a los trabajadores cesantes, mediante compesneciones a las actividades ejecutadas por los trabajadores, pues los trabajadores percibar cantidades del Erario Público, para su a tan bien contrarios añea de que sostenimiento, a titulo de beneficencia, porque en nuestro concep to esto lesiona el decoro de la clase trabajadora.
porn Por lo que respecta a los riesgos no profesionales, la cantidad de ellos que deben ser cubiertos por el Seguro Social, seguramente de la capacidad económico del Iondo con que dependerá han de cubrirse estos riesgos, sin embargo, nosotros deseamos enu merar aquellos que consideramos que deben tener preferencia como por ejemplo: Incapacidad permanente para trabajar por causa de enfermedades no profesionales.
II. Incapacidad temporal por enfermedades no profe sionales del trabajador.