4to en dicha fecha, puntos resolutivos declarando que los acuerdos que mencionamos, son irresponsables de los delitos che fué el call come tidos, llegando a su conclusión de sante de la tragedia, por lo que es de suponerse que a juicio del señor Lic. Hugo Zayas, Juez Tercero que conoció de este asunto, nuestros compañeros deben haber muerto GRUCIOSABENTL.
Con este motivo, la Confederación de Sindicatos de Ctreros y Campesinos del Estado de Puebla, en hojas murales ha hecho conocer su mas e nérgica protesta, lo mismo que por este conducto la hace nuestra Organización, consideranos, que con la actitud del Juez Tercero de lo Criminal, del porque Estado de Puebla, vienen a fomentarse los procedimientos crimira les seguidos por el lombardismo.
El Comité Central ya se ha dirigido al Gobernador del Estado, en quien reconocemos que se ha preocupa do porque la administración de justicia, de rectitud y hormadez que han normado sus actos y confiamos los line amientos en la rectitud del Procurador General de Justicia, para que el fallo dictado por el Juez Tercero de lo Criminal, sea recurrido por Tribunal Superior de Justicia, en quien reconocemos toda imel Representante sociado, para que ela 70 parcialidad, deje justificados los deseos de la sociedad en general y especialmente de nuestra Organización, que todavía espera se haga justicia y se cast igue como mereceni. Pila, da 00 00 0 1 0 0 0SALUD REVOLUCION SOCIAL.
México, Diciembre de 1937.
COMITE CENTRAL.
Secretario General.
Genere)
Strana Lucario Leon, EL gp