FranceJosé Carlos MariáteguiLiberalism

32 Amauta Mas aquí necesitamos hacer nuevamente otra distinción.
La historia constitucional peruana nos manifiesta, que el liberalismo fué siempre de tendencia descentralista (lo que se ha llamado federalismo. y el conservantismo, de tendencia centralista. Por tanto, centralismo como federalismo, a más de no responder a una necesidad, de interés nacional, sino solamente como aspiraciones de clases en auge o en desgracia, respectivamente, como apunta Mariátegui, y que no responden sino a un método para llegar al poder, no afectan, a primera vista, ni al régimen parlamentario, ni al régimen presidencial. Pues el Federalismo no se bosquejó sino en cierto regionalismo, es decir, en cierta descentralización, ya que el liberalismo federalista no se daba cuenta que con este método sentaba el predominio del caciquismo y la explotación, por los feudos provinciales.
En Estados Unidos, de sistema presidencial, por ejemplo, no es sinónimo liberalismo de federalismo, por cuanto el país ha sido federalista de nacimiento. Pero en nuestro Perú, el federalismo. descentralismo. sí, ha tenido sinonimia con el liberalismo, precisamente, porque el país fué por nacimiento, centralista, y por tener otras modalidades características.
En total, sacamos en limpio lo siguiente: Nuestro presidencialismo mixto será de tendencia parlamentaria cuando tenga caracteres liberales y federalistas (descentralistas. Nuestro presidencialismo mixto será de régimen presidencial cuando tenga caracteres conservadores y centralistas.
CARACTERES GENERALES DE LO QUE LLAMAREMOS EL REGIMEN PARLAMENTARIO PERUANO a. El liberalismo peruano se caracteriza por ser siempre una repercusión de acontecimientos extranjeros, tal sucedió en 1823, en toda América, que se influenció de las ideas liberales inglesas, coloreadas a través del sentimentalismo lírico y revolucionario de Rousseau; o con los principios sociales del 48 francés, que formó espiritualmente a los hombres de la Convención del 56, que dió la carta más avanzada y liberal; o la constitución del 67, hecha por los hombres que alejados de él el 57, habían llegado nuevamente al poder. es la reforma del 73 que no fué sino otra repercusión de lo practicado en Francia el 71 en lo referente a la autonomía de los Consejos departamentales o municipales. Otra de las características han sido, es natural, fenómenos nacionales, pero que no hubiesen despertado sin el acicate de la influencia extranjera. El hecho de sacudirnos del coloniaje en 1821; o liberar al esclavo o eximir al indio del tributo, o corregir los abusos de la Administración financiera del 53. Problemas de casa que formaron la ideología de sus militantes.
CARACTERES GENERALES DEL REGIMEN PRESIDENCIAL PERUANO No obedece de manera especial a influencias extranjeras. Más bien tiene sus raíces en el medio y en el carácter nacional, pero sin que esto sirva para exculpar al presidencialismo, que equivale al conservantismo, puesto de que tratan de defender cosas adquiridas en los tiempos