40 Amauta BANCO POPULAR DEL PERU Sociedad Anónima Limitada FUNDADO EL 13 DE SETIEMBRE DE 1899 artículo, con sujeción a las disposiciones del artículo 31 de esta ley; e. Aceptar como garantía adicional de sus préstamos previamente acordados de conformidad con las provisiones de esta ley garantías distintas de las previstas en las disposiciones de los in.
cisos a. b) y c) de este artículo.
f) Comprar o adquirir en otra forma, retener, mantener, administrar o explotar, y vender o enajenar en otra forma, propiedades hiptecadas o dadas en garantía de sus préstamos; g) Encargar por su cuenta la cobranza y administración de las rentas de las Municipalidades, dadas en garantía de sus préstamos, en los casos de falta de pago de dichos préstamos; h) Emitir cédulas con sujeción a las disposiciones del artículo 34 de esta ley; Comprar, vender o negociar en otra forma las cédulas emitidas con arreglo al inciso (h) de esta artículo; Comprar, poseer y vender bonos, vales y otros valores del Gobierno del Perú, de los Estados Unidos de América y del Reino Unido de la Gran Bretaña, con sujeción a las disposiciones del artículo 32 de esta ley; recibir depósitos de dinero, del Estado, de las Municipalidades y de los deudores del Banco, y depositar sus fondos sobrantes en otros bancos o instituciones bancarias de dentro o fuera de la República; k) Comprar, o adquirir en otra forma, arrendar, construir, poseer, mantener y explotar, vender o enajenar en otra forma toda propiedad mueble o inmueble, cuando sea necesario o conveniente para las operaciones del Banco y de sus sucursales o agencias; 1) Suscribir, pagar y poseer acciones del capital del Crédito Agrícola Intermediario del Perú siempre que no excedan de un tercio a la par del capital pagado y fondo de reserva del Banco, adquiriendo y ejerciendo todos los derechos y facultades que corresponden a dichas acciones; m) Adquirir en todo o en parte el activo o el negocio de las secciones o filiales hipotecarias de las Bancos locales que existen en el Perú, con sujeción a las disposiciones del artículo 63 de esta ley. n) Realizar los demás actos y operaciones, y ejercer las de.
más funciones que sean necesarias y útiles para el ejercicio de las facultades anteriormente enumeradas.
CAPITAL PAGADO RESERVAS.
Lp. 200, 000 77, 925 Lp. 277. 25 Hace toda clase de operaciones Bancarias Vende Cédulas Hipotecarias del 7 de interés, encargándose de su custodia y pago de intereses gratuitamente COMPAÑIA DE SEGUROS LA POPULAR FUNDADA EN 1904 Medicin 1)
Capital suscrito.
Lp. 200, 000. 00 Capital pagado.
50, 000. 00 Fondo para dividendos. 6, 000. 00 Asegura contra Incendio Edificios, Muebles, Mercaderías, Productos, Automóviles, etc.
Riesgos Marítimos Cascos de Buques, Lanchas y toda clase de Embarcaciones, Equipajes, Mercaderías y Productos en Tránsito a cualquier parte del Mundo Accidentes de Automóviles Automóviles, Camiones y Omnibuses en tráfico, incluyendo el riesgo de tercera persona, o sea el daño personal o material que pueda causar el automóvil asegurado GERENTE: Sr. Aurelio García y Lastres BIANCHI OFICINA: CALLE DE VILLALTA No. 265, LIMA TELÉFONO No. 335 APARTADO 237. AQENOIAS EN TODA LA REPUBLICA DEL PERU MANTAS 173 TL 2484