tud por el notario que a ese efecto se desig exportación se fijará por acuerdo voluntario na por esta ley como el funcionario público de una mayoría de no menos del setenta (70. competente para recibir el juramento o prome. por ciento de los dueños de ingenios de Cuba sa de decir verdad, que deberá prestar obliga que representan una mayoría no menor del toriamente el solicitante cuando se lo pida la setenta por ciento (70 por ciento) de la canCorporación.
tidad de azúcar, producido en la zafra anterior a la que se quiera restringir la producSECCION III ción o limitar la exportación.
El acuerdo de los dueños de ingenio será Regulación de la producción y exportación llevado al Presidente de la República para de azúcar.
que lo publique por medio del oportuno decreto en el cual se le dará fuerza de ley a los Artículo 220. El montante de la producacuerdos, dictando además, el Presidente de ción o exportaciones de las zafras de Cuba y la República. las medidas necesarias para su la distribución de las mismas, podrán fijarse fiel cumplimiento en la oportunidad y de acuerdo con las siguier3. Si veinte días naturales después de tes disposiciones: publicarse la resolución del Presidente de la El Presidente de la República podrá: República fijando el montante de la zafra de a. Fijar el montante de la zafra de CuCuba o la parte proporcional de azúcar que ba si esta se hubiese determinado en conve.
habrá de exportarse a los Estados Unidos de nios o arreglos internacionales de productores América. y. a otros países, la cual deberá dico de los Estados y siempre de acuerdo con ditarse no después del día 10 de noviembre de chos convenios o arreglos.
cada año, las dichas mayorías de dueños de Durante un periodo de cinco años, ingenios y de la producción no hubiesen llecontar de la zafra de 1930 1931 inclusive, fi gado a un acuerdo sobre las cuotas de produc jar el montante de cualquiera zafra de Cuba, ción o de exportación de cada ingenio, entonsiempre que lo pidan antes del primero de no ces estas cuotas serán fijadas por la Corporaviembre de cualquier año, una mayoría de no ción en la siguiente forma: menos del sesenta por ciento (60. de la a) Se tomará como base una zafra ideal cantidad de azúcar producido en la zafra an total de Cuba, que se determinará sumando la terior a la que se quiera restringir. zafra ideal individual de cada ingenio en la Rec. Fijar el montante de cada zafra de pública que será el promedio de sus zafras Cuba que podrá exportarse por una o varias. 1928 1929 1929 1930.
zafras durante un período de cinco (5) años, Si algún ingenio no hubiera molido en cuala contar de la zafra de 1930 1931 inclusive, quiera de esas dos zafras, se tomará para hacer determinando la parte de la zafra que habrá el promedio, en substitución de la en que no de exportarse a otros países que no sean los molió la última zafra no restringida en que Estados Unidos de América, de acuerdo con molió.
los convenios o arreglos internacionales entre Caso que algún ingenio no hubiere molos productores de azúcar que habrá de ex lido en ninguna de las zafras 1928 1929. y portarse a los Estados; y fijar, sin necesidad 1929 1930 se tomará como zafra ideal del misde esos requisitos, la cantidad de azúcar que mo la última no restringida en molió.
habrá de exportarse a los Estados Unidos de b) Cualquiera cantidad en que sea rebajaNorte América.
da esa zafra ideal total de Cuba, será soporta2. Una vez que el Presidente de la Re da por cada uno de los Ingenios en la misma pública fije el montante de la zafra atenién proporción existente entre las zafras ideal indose a los requisitos determinados en los pá dividual de cada ingenio y la zafra ideal torrafos a) o b) del precedente Inciso 1) y la tal de Cuba.
parte de la zafra que habrá de exportarse a c) Las cuotas de cada ingenio en las canlos Estados Unidos de América y la parte que tidades que se exportarán a los Estados Unise exportará a otros países, de acuerdo con el dos de América y a otros países serán un tanpárrafo c) del citado inciso 1) de la distri ciento de dichas cantidades igual al tanbución proporcional entre los ingenios de la to por ciento que la zafra ideal individual de República, de las cuotas de producción o de cada ingenio es de la zafra ideal total de Cuba.
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