RÈNOVACION 295 jurídicos, extraídos del derecho pú que no niega la posibilidad de ser diblico. La soberanía del pueblo se putado a un lacayo ineducada, a un afirma que exige, es cierto, que to hombre desprovisto de toda cultura, dos los miembros de la nación pue un franciero iamriral, a 11t1 pro ligo dan hacerse representar en sus or que luego de malgastar su fortuna ganismos, pero ella no pide de nin puede disipar la fortuna nacional, se guna manera que todos los electo la niega a la mujer por el mero heres puedan elevarse a todas las fun clio de ser mujer?
ciones representativas. Todos de La facultad de ser elegible no es ben votar dicen los espiritus más también una función de la soberagenerosos, pero sólo algunos pri nia. Cómo alejar a las mujeres de vilegiados pueden y deben ser elegi ella desde el momento que se luis nados Naturalmente, el privilegiado, ce votar como ciudadanos encarnanel dueño, debe ser ci hombre. Por do la citada soberanía?
otra parte, los partidarios más ga Nás lógicos se nos muestran sus lantes de la mujer declararán que adversarios que les niegan todos los ella debe votar, pero no ser elegible; derechos so pretexto de que son insi la mujer no debe entrar en el Par feriores. Cuando se desecha el poslamento es porque el Parlamento es tulado de la desigualdad de los sexos indigno de ella.
no hay otro reinedio que franquear Estos razonamientos no pueden la distancia que nos separa de la resistir largo tiempo al buen sentido igualdad de sus derechos, y al derecho de las mujeres. Cómo ¿Las mujeres tienen interés en ser es posible, por ejemplo, que se cię elegibles? Seguraniente que sí. Este rrę la entrada en el Parlamento a es el complemento racional e inela mujer, so pretexto de que la ins vitable del derecho de votar. Práctititución suprema donde se elaborant camente no ha estado jamás tan las leyes de vida o muerte de los bien defendida como por si misma, ciudadanos ha sido transformada De antemano nos hemos condolipor los hombres en una especie de do de los representantes que en vez paraje desprestigiado, donde la gro de servir los intereses del público seria de lenguaje corre parejas con no atienden más que a sus negocios el rebajamiento de la honestidad. y no explotan sino los negocios de Lógicamente la mujer debia verse los otros. Por otra parte, los intereautorizada, tanto más cuanto ella seu de los hombres y de las mujepuede constituir la esperanza legíti res en la industria. también en el ma para realizar la dignidad de las dominio moral, no son siempre los asambleas masculinas. Los detrac mismos. La mujer tiene por contores del parlamentarismo, que no sectiencia qumerosos motivos para han encontrado nada bueno para poder defenderse ella misma, y no reformar esta institución carcomida, sabría, además, en nombre de su deberian abrigar su única esperanza dignidad, aceptar esta situación de en la intervención activa de las mu inferioridad que nada justifica.
jeres.
La justicia, la razón y el interés Después de todo, los mismos ar están de parte de la facultad elegigumentos que se aducen en pro del ble de la mujer y está fuera de toda voto de las n:ujeres se pueden apor duda que le será concedida más tar igualmente en favor de su facul pronto o más tarde.
tad de ser elegibles. Por qué infli Ella deberá contar con la pusilanigirles la humillación o la pena que midad del liombre, y sobre todo con sólo alcanza a los condenados por los la de la mujer misma. En nuestro cricrímenes de derecho común, a los terio de la innovación exageramos idiotas y los locos. Cómo la ley frecuentemente sus consecuencias y Este doamento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.