RENOVACION más.
ir tan lejos, bablaba pendencia de enseñauza y no admite tal de la ley rédactado y votado así: ni atin la supervigilancia del Estado; La Convención Nacional declara que sólo reconoce el derecho de policía del habrá establecimientos nacionales en Estado, ejercido aquí como en lo de donde los nifios serán. educados e instruidos en común, y que las familias Talleyrand, sin ir tan lejos, hablaba qtie quieran couservar, sus hijos en la exactamente en el mismo sentido: casa pateroa tendrán la facultad de «Con tal que se sometan a las leyes enviarlos a recibir la instrucción púgenerales sobre la enseñanza pública, blica en clases particulares instituidas todos los particulares serán libres para a este efectos. Har formar establecimientos de instruc Grégoire decía a la Convención eu ciou; la municipalidad deberá dar avi, su inforine de 31 de agosto de 1795: so de ello y publicar el reglamentom. Robespierre queria arrebatar a los Condorcet, en su informe a la Asan padres, que han recibido su misión de blea Legislativa, afirma qire la liber la naturaleza; el derecho sagrado dę tad de enseñanza es la consecuencia educar a sus hijos. Lo que en Lepenecesaria de los derechos de la familia letier no era más que un error, eo Re.
y de los derechos de la verdad. la bespierre era un crimen. Bajo el pre Msustrae a la acción de toda autoridad texto de volvernos espartanos, quería pública y celebra los beneficios de la hacer de posotros iiotas.
concurrencia que estimula el celo de En fin, y sobre todo, si la Conven: las instituciones oficiales) y de allí ción no colocó la libertad de enseñanza resulta para las escuelas nacionales, en su Declaración de los Derechos de la invencible necesidad de ser tenidas hombre, la inscribió formalmente en sų al mismo nivel que las instituciones constitución, en la Constitución del privadas. año III, votada el 22 de agosto de. Daubou decía a la Convención: 1795, Artículo. 300. L0 CIUDADANOS Vosotros no debéis dirigir ningúu TIENEN EL DERECHO DE FORMAX ESataque vi a la libertad de los estable. TABLECIMIENTOS PARTICULARES DE ciinientos particulares de instrucción, EDUCACIÓN DE INSTRUCCIÓN, LO ni a los derechos más sagrados aún de MISMO QUE SOCIEDADES LIBRES PARA la educación dotiéstica. CONCURRIR AL PROGRESO, DE LAS. Lakanal defeudía en la tribuna de CENCIAS, DE LAS LETRAS DE LAS la Convención, el 26 de junio de 1793; Arresp. los artículos 407. 41 de un proyecto. Se ve que en todo esto bay tres conde ley redactado por el Comité de Ins cepciones diferentes. La primera, abtrucción Pública, bajo la presidencia solutista; el listado da la instrucción: de Sieyes. Estos artículos eran así: 1a da él solo: el derecho de los padres. Artículo 40; la ley no puede dirigir para educar a sus hijos no existe. La ningún ataque al derecho que tienent segunda liberal: el Estado no da la los ciudadanos de abrir. cursos o. es. instrucción: los padres tienen el derecuelas particulares y libres sobre todas cho de educar a su hijos: ellos los las partes que comprende la instruc educar o los hacer educar por quien ción, y de dirigirlas congo bien les quiereu. La tercera, mixta: el Estado parezca. Artículo 41; Ja nación acuerda da la itstrucción: otros pueden darla recompensas a los institutores o pro. tapıbiéu: los padres tienen libertad de tesores, tauto nacionales como ljbres, escoger. Dantón rechazó el proyecto de Le Pasa exactawente lo mismo que en peletier de Saint Fargeau y de Robes asuntos religiosos: 19 ciero del Estado pierre, y aceptando del todo la idea de y ningún otro clero; 20 nada de clero las escuelas nacionales, reivindicaba del Estado: clero libre en tanto que para los padres de familia el derecho pueda fortlarse; 3º clero del Estado y de 110 euriar a ellas a sus hijos, y gra. también clero libre. siti cias él, quedó el artículo fuudamen. Son partidarios de la enseñanza del Este doamento es propiedad de la Bblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.