52. RENOVACION.
la prohibición al trabajo de la infan de producirfa el efecto apetecido, pero el cia, tio sólo en países extranjeros, sino Estado no tiene esa bolsa, lo que con en el puestro se ha comprobado la inę. una mano da a los ciudadanos, con la ficacia del precepto constantemente otra la toma de los ciudadanos. Son, incumplido. Si alguna ley de este ca Pues, los ciudadanos los que a se prarácter podía contribuir a aumentar el pios, aunque por el mecanismo del Essalario es la que prohibe a los niños lado, se otorgan ci socorro.
ocupar el puesto de un hombre, y por Cuando se aprueba este procedilas mismas razones que la de pensio miento, se acepta implícitamente esta pes la vejez produce el efecto contra. afirmación: el Estado toma de los rio; pero los niios, por punto general, ricos para dar a los pobres. Pero esa.
no trabajan por gusto propio: ni tam ormación es inexacte. Las bases acpoco por el de sus padres, porque a, tuales de los impuestos, medio de perello se oponen aquellos afectos fami cepción del Tesoro, son dos fuudaliares instintivos de la naturaleza hu mentales: el capital mana que regulan los sentimientos de los impuestos. Iladiados directos, la paternidad siempre que causas petma kbecesidad, en los jinpitestos indirecneutes y durables 110 cooperen a atro tos y en algunos de los impropiamente fiarlos; una vez desaparecidas esas llamados directos, como la contribucausas, recobran su imperio. Los niños ción urbana que no es más que un trirabajan porque la miseria induce a los buto sobre la secesidad de la vivienda.
padres a buscar en el trabajo de los De suerte, que la cantidad otorgada al hijos un suplemento de jordal: y como proletario para alivio de su situación la ley protectora de la infancia no. con cargo al presupuesto, proviendi o de Primc esta causa poderosa y constante, la adividad productora, a la cual refren patrono y obrero, láciła expresamente; naj. por tanto, disminute la demanda se contabulan para buscarla. La ley no de brazos y salarios perjudicando en de.
se cumple, le falta aquel interés pode finitiva a los trabajadores, o de la neces roso que reclame su aplicación, el pun. sidad, esto es, del consumo en sus varias to de apoyo social que es indispensable formas, con lo mal aumenta la estrechez para que cualquier precepto del legis de los consumidores, cuya mayoria, nalador sea obedecido, ruralmente, pertenece a las clases trabaHay otra consideración que muestra jadoras. El Estado procura beneficiar cuáu erróneo es el camino del intei. una parte, pero, inevitablemente, en vencionismo. La mayoría de sus leyes, otra produce perjuicios que son tayo: cuando no suponeu una carga para el res por el desorden que en la vida ecocapital la implican para el presupues nómica introducen lo cual se trans.
to. El Estado, como en el caso de las forota en detrimento de la vitalidad de leyes para construcción de casas bara ésta. y por los inmensos gastos intas, otorga una cantidad en beneficio fructuosos que supone la expaösión del obrero. Si el Estado: prviera una burocrática que el atender a tales serbolsa independiente del haber social, este vicios requiere.
socorro que a la clase trabajadora conce. BALDOMERO ARGENTE.
Coacción moral.
Si no recibiéramos completamente: al de la razón, al de la razón indivihechas y admitiéramos sin examen dual en primer térinino, al de la ramuchas ideas, aparecería claramente zốn común en término segundo, a todas las inteligencias la verdad de En general se le rinde culto más que no hay poder alguno que supere verbal que real y se la considera, cuanEste documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.