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36 SPARTACIST guiará por prácticas precedentes como se documentan en las convocatorias para las conferencias anteriores, modificadas según las exigencias de la situación presente (ver: Apéndice B, Llamado para la III Conferencia Internacional de la Liga Comunista Internacional (Cuartainternacionalista. de octubre de 1997. Las conferencias internacionales convocadas en condiciones regulares, serán normalmente precedidas por un período de discusión de 90 días. Para conferencias internacionales más frecuentes o urgentes, el período de discusión preconferencia puede ser reducido. El debe fijar un tiempo límite para la aceptación de los artículos de discusión preconferencia para el International Internal Bulletin (Boletín interno internacional. EI cobrará una tasación obligatoria a la militancia para ayudar a financiar la Conferencia Internacional. Los procedimientos en cuanto a delegados y representación serán establecidos para cada conferencia internacional por el CEI. No se permite que las secciones, fracciones, o ninguna otra persona, den a sus delegados instrucciones obligatorias en cuanto a los votos y posiciones a tomar en la Conferencia Internacional.
conservan el derecho de apelar ante el CEI y la Conferencia Internacional, cuya decisión será definitiva. Las secciones pueden ser admitidas a o expulsadas de la LCI sólo por la Conferencia Internacional, o por decisión del CEI sujeta a la ratificación por la siguiente Conferencia Internacional. Una sección debe mostrar la capacidad de elaborar propaganda, de llevar a cabo sus obligaciones financieras, de reclutar y de consultar efectivamente con el Una sección recientemente afiliada cuyas capacidades hayan sido insuficientemente probadas, puede ser aceptada como sección simpatizante. Una sección simpatizante no puede producir propaganda pública o implementar decisiones políticas u organizativas sin previa autorización del En todos los demás aspectos, tiene los mismos derechos y responsabilidades de una sección plena. Cuando una sección actual haya mostrado una incapacidad fundamental de satisfacer los requisitos básicos de una sección de la LCI, la sección puede ser puesta bajo la tutela del lo que significa que tiene el mismo estatus de una sección simpatizante. El cambio de estatus de una sección puede ser hecho por la Conferencia Internacional, o, en los intervalos entre conferencias, por el CEI. El nombre de cada sección y su prensa están sujetos a la consulta y revisión de la Conferencia Internacional, o, en los intervalos entre conferencias, del CEI. Cada sección debe pagar una contribución financiera regular (mensualmente) a la LCI. El monto de la contribución será determinado por el basándose en un porcentaje de los ingresos por concepto de las contribuciones financieras de cada sección. Los ingresos especiales irregulares de las secciones también serán enviados al Cada sección debe desarrollar un conjunto de estatutos y reglamentos financieros coherentes con estas guías, adecuados a sus circunstancias y en consulta con el Cada sección debe mantener registros escrupulosamente precisos y trasmitir informes regulares al Las secciones mantendrán su completa independencia financiera con respecto al estado.
Artículo Conferencia Internacional La expresión más alta de la voluntad política y organizativa de la LCI es la Conferencia Internacional, que determina la política de la Internacional y sus secciones en todas las cuestiones políticas importantes, adopta resoluciones, y es el recurso final en cuanto a cuestiones organizativas y conflictos internos. La Conferencia Internacional será convocada por el CEI, cada dos años como norma. Cualquier excepción debe ser justificada por el CEI por escrito. La Conferencia Internacional también puede ser iniciada a petición de secciones que representen, por lo menos, a un tercio de la militancia de la LCI. EI CEI será responsable de la organización y los aspectos técnicos de toda conferencia internacional. El período de discusión preconferencia organizada para una conferencia convocada por el CEI se inicia con la emisión del llamado para la conferencia y es definido por este llamado, que contendrá o será acompañado de una declaración o documentos indicando el tema principal propuesto para la discusión y decisión de la conferencia, así como estipulaciones organizativas (proporción de delegados, el lugar, etc. Al convenir una Conferencia Internacional, el CEI se Artículo VI. Comité Ejecutivo Internacional El Comité Ejecutivo Internacional será el organismo de existencia continua más alto de la LCI. La Conferencia Internacional, que es la instancia más alta cuando está en sesión, es un evento específico no continuo. El CEI tendrá autoridad final entre conferencias internacionales sobre todos los militantes, secciones, suborganismos y comités de la LCI, así como todas las publicaciones de la LCI, públicas e internas. Todas la decisiones del CEI están sujetas a la revisión y ratificación de la Conferencia Internacional. El CEI será elegido por la Conferencia Internacional y consistirá en miembros plenos, alternos y, quizás, candidatos y consultivos de acuerdo a lo establecido por la Conferencia Internacional. En caso de existir divisiones políticas en conflicto, la Conferencia Internacional al elegir el CEI, usará la representación proporcional, con la limitación de que a una mayoría de la conferencia le serán asignadas tres quintas partes, como mínimo, de los puestos en el CEI. El CEI no es de ningún modo un grupo federado de representantes de las diferentes secciones; es más bien organismo político que se reúne en sesión en nombre de la organización internacional entre conferencias, aunque es deseable la representación de todas partes de la Internacional. Los miembros plenos del CEI deben haber probado su capacidad política de actuar como representantes del en secciones distintas a las suyas, ser capaces de localizar problemas clave y dar cuenta al en forma eficaz. Los alternos deben dar indicios de reunir esas cualidades. Los miembros plenos y alternos del CEI están a disposición de la LCI para reubicación u otras tareas si son requeridos. El CEI puede seleccionar de su lista de miembros alternos para llenar vacantes entre los miembros plenos. El CEI puede llevar a cabo la cooptación de nuevos miembros en caso de que la lista de alternos esté agotada, para mantener la representación política proporcional establecida en la conferencia previa, o para dar representación política a grupos o tendencias recientemente adheridas, o para fortalecer de alguna otra manera a la LCI.