HOJA OBRERA LA POLITICA LOS TRABAJADORES UN PROCESO POR DELITO DE HURTO DON SILVERIO, ORTIZ MARIN y DEMETRIO IGLESIAS CASTRO cso de las ja de la tarde del de junio, fué sorprendido en Guadalupe, su residencia. cuando trabajaba en su banco de carpinterin, nues.
tro honrado compañero de trabajo, don Silverio Ortiz Marín, por el detectie de esta ciudad, don Ulises Ortiz, quien aconypañado de tres paliciales y de dos personas más, siendo una de ellas cl mandador de la hacienda que en aquel pueblo posée don Demetrio Iglesias Castro, intimó a aquél para que inmediatamente lo siguiera San Jose, Asf llegó Ortiz a esta ciudad en donde fué encalabozado en la Primera Sección de Policía, durante tres horny, al cabo de las cualcs sc lc condujo al Juzga.
do r! del Crimen, a donde llegó mancornado, mediante esposas, con la única persona que aparece culpable en este proceso Supo all que su nombre había sido llevado a los Tribunales por el se.
ñor Demetrio Iglesias Castro, quien lo señaló como complicado en el delito de hurto de care.
Ortiz Marín, en sa declaración, DENUNCIA EL CARGO COMO CALUMINIOSO y manificstas que el único antecedente que recuerda ocurriera entre él y el señor Iglesias, es el de haber sido adversario político de dicho señor, y no haber querido cedor las instancias que le hicicra para que se afiliare al Partido Civil, razón por la cual hubo de abandonar su empleo en la facienda del señor Iglesias, donde trabajó en su oficio de carpintero por el tiempo de ocho meses. La denuncia de este último fue hecha verbalmente y ante autoridad com.
petente, como consta de su declaración, en la cual, entre otras cosas, dice que el ser descubierto el pre.
sunto autor. cuyo nombre omitimos por ser innecesario, de los burtos de cars que se notaba cran cometidos en su beneficio, resultó que era el cómplice de Silverio Ortiz; y más adelante agrega que estando en el cuartel el presunto ju.
tor indicado antes, y habiendo hablado con él, coinprendi que era el cómplice de Silverio Ortiz hice ja indicación de que deblan de tracilo también.
Esta denuncia motivó la detención de Ortir que nos hemos referido en un principio, hizo que se practicara un registro, ilegal todas luces, en casa del mismo, como resultado del cual fueron encontrados allunos cos vacíos de los que se usan para trasportar café y que fueron valor dos por peritos en la insignificante suma de cuatro co! ones. 00. La presencia de estos sicos, que los tribunales han tenido por explica la satisfactoria.
mente, la refere así en su declaración el indiciado. el domingo del corriente (uf sorprendido con la noticia de que se había practicado un registro en mi casa, babiendose llevado los sacos de gangachc que ten go ahora a la vista. Los retenia en mi casa por lo siguiente; advierto que todos pertenecen al señor Iglesias. He trabajado allá por unos ochos meses como carpintero, y acostumbraba generalmente llevar mi casa astillas y restos de madera que no se utilizaban para leña, y hasta colochos de la misina madera, todo presencia de los peones y del mandador Wenceslao Siles y con consentimiento de este; y usaba llevarlos en estos sacos, los que meses se retiró de la Hacienda agrega disgusta.
siempre tenia el cuidado de devolver, aunque al do con don Demetrio Iglesias, según he sabido, gunos se quedaban por olvido. Además, muchas por suntos politicos.
veces que llovía llevaba yo cos para cubrire la Lanterior es lo que aparece en la sumirla. No espalda, como tambien lo hacían todos los peones, lobstante, ci señor Juce Primero del Crimen, don y en virtud de haber dejado de trabajar momen: Alejandro Castro Carrillo, decretó auto de prisión neamente, los conservaba, pucs dadas las circuns. contra Silverio Ortiz Marín y se negó a excarcc.
tancias en que me retiré, no me atrevi volver Lario, a pesar de que se le presentó fiador abonado dejarlos y espené ver Silos a otro compañero y de que el inciso 4º del artículo 358 del Código de la hacienda para inandarlos.
de Procedimientos resales lo faculta para ello.
Veamos ahora, aunque sea rapidamente, como El defensur de reo, que lo era don Juan Raract: respondió el proceso a la dcouncia del señor Igle Varyas Valverde, apelo da los autos en que se de sias Castro.
crclabit la prisión y se dencgaba la excarcelación, Ninguno de los peones que declaran dice que y gracias a la habilidad de su gestión, el asunto haya tenido o sepa que otros tengan, sospechas de pasó a la sala Segundin de Apeliciones inncdiataSilverio Ortiz, y todos los c5u5a gran extraneza mcntc y sc obtuvo la libertad del indiciado tres!
quc su nombre aparcaca en el expediente. De la dias después por orden del referido Tribunal y en lectura detrnida de esas declaraciones se deduce virtud del auto que en lo conducente dice: Sals, claramente que os al dicho del señor Iglesias al Segunda de Ipilaciones de la Corte Suprema del que debe Ortiz cl háher tenido que aparecer en Justicia, San José, in una de la tarde del dicllos judiciales.
cisiete de octubre de mil novecientos Dueve. Vista Examinemos en lo conducente la declaración de 13 presente sumria seguida contra X y Silverio los pooncs quc vigilaban ca el patio dc bencficio Ortiz Marin por el delito de burto cometido en la noche en que fue sorprendida la persona cuyo perjuicio del señor Demetrio Iglesias Castro Re nombre hemos reservado.
sultando Fil señor Jucz Primero del Crimen de Jesús Ballestero, quien ha recibido ofensas de esta provincia, por aulo dictado a las dos de la Ortiz dice que estuvieron velando porque segini tarde del ocho ic octubre en curso, decretó la priparecia, estuvieron hacicodo robos de café sca sión de los indiciados en virtud de tener por comdo y en cuanto a Silverio Ortiz, dice que es una probados en contra de ellos los requisitos exigidos excelente persona, y agrega: me consta que Or por el artículo 337 del Código de Procedimientos tiz, cuando trabajaba cn dicks bacicnda como car. Penales y con vista de 339. ibiden. De csa pintero, usabn algunas veces, manifiestamente, sa resolución apeló en lo referente a Silverio Ortiz cl.
car sacos llenos de colachos de madera que llevn. señor Axente Fiscal; y Considerando. Que la 54 ba su casa, lo mismo que cuando llovía para cu maria no preşta mérito para proceder contra el brirse la espalda, in on tambien kacon todos los indiciado Silverio Ortir flvor del cual debe!
peones.
decretarse el sobreseimiento definitivo; purs el Manuel Ballestero se expresa asi: Wenceslao hecho de haberse encontrado unos sacos de caſe Siles cl mandador de la hacienda nos había di vacios en su Dioder sólo puede constituir una alta cho que era que estaban haciendo robos de café de policia, desde luego que ha explicado en format que prendiéramos cualquier individuo que sor. satisfactoria el modo como llegaron su poder.
prenditramos. Acerca del misino hecho nada ha Por tanto, de acuerdo con los articulos 377 y 396 oldo hablar relativo Si verio Ortiz, el cual, según del Código de Procedimientos Penales, rovócase et declarante. es persona de magnificas condicio. la prisión decretada en contra de Silverio Ortiz y nes, En cuanto a los sacos, dice que en general se sobresée definitivamente su favor. Apare.
todos los peones acostumbran llevarlos cubriendocicndo que Ortir se encuentra preso, póngasele inse la espalda, cuando está lloviendo.
mediatamente en libertad sin necesidad de grande José Corrales, declara: que estaban velando con lla, y vuelva el expcdicnte al Juzgado de su proobjeto de sorprender a alguien que se decía roba cedencia para lo que haya lugar. Ramón Bus.
ba café en aquel beneficio, lo que a mi no me constamante. Cipriana Soto. Antonio Vargas Jor.
13. En cuanto Silverio Ottiz mada se ni me ge Guardia, Srio.
consta relativamente al presente asunto. Inte trogado en lo referente a los s1cos, manifesta conformidad con lo expuesto por los anteriores decla Hacemos esta publicación para robabilitar al rantos.
trabajador Silverio Ortiz, a quien ha causodo mu.
Wenceslao Sites el mandador dice que el ca. cho dolor el verse, irmiscuido injustamente en un municó al scñor Iglesias kaber natado sustraccio. proceso judicial.
nes de café, pero no dice que te dicra nombre al Acaso de su lectura deduzcan los trabajadores guno de determinada persona, y preguntado por que necesitan funosamente estar unidos para que el Juez acerca de Silverio Ortiz, responde que éste el poder de la cohesión salv3 guarde sus hontas siempre se ha portado honradamente y gou de de los ultrajes que los nobles de la república acum bucna reputación en el vecindario. Hace como dos. tumbran hacer.
SEÑORES casi inconscientemnete, se introdujo cho criminal que casi no lo huber JUECES del CRIMEN en la casa de don Rafael Iglesias y co el intento perverso que en un som metió un atentado cuyas consecuen embriagado es muy discutible el cias fueron una insignificante lesión do de maldad que alcance. DE SAN JOSE para él y un susto para su familia. El segundo, con premieditación Este atentado acaba de ser castiga alevosſa, con conciencia plena de Deseamos saber qué diferencia en.
do por nuestros llamados Tribunales que iba a hacer, se introdujo tambil cuentran ustedes entre el hecho code Justicia, con exceso de severidad, en una casa, donde se reunían cente.
metido por el artesano Octavin Araya megto et promote and planottomapderer cuenta Naciebalorate cuplaresos de obreros para hacer una ma y el que acaba de cometer el agirtista rial del dañio causado. casi igual a ce nifestación que las conciencias eman.
Enrique Goicohechea. El primero en completo estado de ebriedad, es decir, ro sino el grado de criminalidad de cipadas justifican y que la Constitu.
la intención; no se ha castigado el heción y las leyes de nuestra República