Democracy

2 REGENERACION, el motín, no sabemos por qué la roclama hacen comprender al ciuda lano, que no ción de los derechos ha de producir tras debe contar con garantias de ninguna clatornos, se para poner salvo sus biones, los quo Si al predicar la democracia y ejercitar están merced de cualquier Juez voluntala, vieno una fuorza extraña oponérsele;rioso, que bien tenga traficar con la jus si cuando se reclama un derecho, entienda ticia pesar de la verdad legal, se bien, un derecho, se niega alguion concederlo, más bien satisfacerlo, porque los derechos se satisfacen, no se conceden; si cuando se reclama justicia, se obofetea al El juicio de lanzamiento.
Juez Menor reclamante, entonces si se producirá el mo Refutación del Sr. Juez de Papantla.
tín, porque la conquista de la libertad, se opondrá la tiranía, y al conquistar aquella Con la misma caballerosidad, el Sr. Lic.
contra ésta, chocarán ambas fuerzas, de cu Matías Chávez se ha servido continuar reyo choque se obtendría la revuelta con todos los horrores del robo y el estrellamiento lanzamiento. Acabamos de recibir de él la futando nuestras teorías sobre el juicio de ile los aparadores de Plateros.
siguiente carta: No, la práctica do la democracia no pro« Papantla, Octubre de 1900.
duce el motin, la reclamación de los dereSres. Directores de «REGENERACIÓN. chos no acarrea trastornos. La tiranía es la q110 produce el motín, y la opresión es México.
la que acarrea los trastornos.
Muy señores mios. Más que para seguir refutando el articulo, que sobre juicios de lanzamiento publicó «Regeneración, en su número 2, escribo la presente para dar udes. las más por que se sirvieron dar mi carta del 28 de Agosto; pues no solo la publicaron, sino Nada bien anda la justicia en Guadala que lo hicioron el honor de refutarla con jara, on virtud de haberla puesto dispo toda loaltad y buena fé, condiciones que, si sición do ciertos Juoces, que más merecen faltan, os inútil y muchas veces onojoso, empuíar una azada que la espada de la ley. sostener discusiones por medio de la prenSucodió, que una persona fué domanda Isa.
da ante uno de los Juzgados Monores de «Pero ya que, como lo asegura «Regeaquella Ciudad por cierta cantidad de di neración. se trata de un asunto de vital nero que debía, según el domandante, y no importancia, voy permitirme expresar habiondo probado éste su acción fué ab algunos otros conceptos que aclararán el suelto el doinandado.
sentido de mi primera carta, a la vez que Pocos días después, y ante el mismo Tri tenderán contestar el contenido de los bunal, se le volvió a domandar por la mis artículos publicados en los números y ma persona, reclamáncosolo la misma suma «En mi carta citada hice «Regenerade dinero por los mismos motivos, y ción» el cargo de faltar su programa, carsin citársele para comparecer en juicio, ni go que ha quedado en pié, mí entender habérsele notificado auto alguno que lo hu por lo menos.
biora puosto al tanto do quo so seguía un «Si en el programa del periódico se sosjuicio en su contra, de improviso se le no tiono el principio del respeto la ley escritificó la sentencia, on que so lo condenabata, al texto de la ley, y después «Regeneraá pagar la cantidad por la que se lo absol ción, proclama el del espíritu de la ley para vió autoriormente.
aplicarla, entiendo que el cargo subsiste.
Estos hechos crispan los nervios, porque «Las citas del maestro Pallares y de He