RÉGÈNETACIÓN.
ii Lo curioso del procodimionto del Re Sr. Diaz Soto, fundándoso on el art. 917 del caudador de Rentas consiste on quo la Ha Código Penal.
cionda do Agua Zarca está ubicada en los Se abrió la puerta falsa de todas las aulimites de Jalisco y Colima. El Sr. Paz pa toridailes arbitrarias. Sufre el Sr. Diaz ga inpuestos los dos Estados. La fábrica Soto una vejariún indigna al ser registrade alcohol y panocha, quo cxitó la avidez is on su persona por una autoridad desdel Recaudador do Jalisco, está manifesta pótica y sufro un atropello al ser arrojado da por el Sr. Paz en la Rocaudación do Co do un lugar en donde tonia dcrocho de porlima, toda vez que olla está jurisiliccionada manecer conforme la ley. La arbitrarioal pueblo del Mamey que portenece este dad palmaria se resuelvo en una protesta último Estado, lo que se probó ainpliannon enérgica del ofondido. Entonces la autoto en el juicio de amparo.
ridad, acordándose do que es funcionario En virtud de la nianitestación del Sr. priblico, carácter quo olvidó cuando prucoPaz, se ha estado pagando religiosamente día al registro porsonal dol Sr. Diaz Soto, el impuesto respectivo al Estado do Coli siento ofendida su dignidad de distribuima, y sin embargo, el Recaudador de Ja dor de justicia y presenta una qutrella do lisco pretende que so pague también este injurias contra la victima de sus actos arFestado, lo que equivaldría una doblo pa bitrarios.
ga que el Sr. Paz no puedo consentir.
Si la protesta publicada por el Sr. Díaz También os curioso hacer nolar quo en Soto, fué leída con la vibrante indignación la parto de Agua Zarca, está pendiente de los liombres honrados quo odian los tina cuestión de límitos entre ambos Esta atropellos y las vojaciones, la acusación dos, y pesar do ello, el Recaudador de del Sr. Carrizalos ha sido conocida con ma. Jalisco, arrogándoso facultades que no tioyor indignación todavía, que no dudamos nie, lia pretendido fijar y deslindar su ar so resnlrerả on una protesta, más enérgibitrio esos limites, todo por el afán de quo ca aún, pero lanzarla los cuatry vientos la fábrica de alcohol quedo dontro del Es de la publicidad, por una sociedad que no tado de Jalisco y cobrar el impuesto res puedo sufrie más vojaciunos y tropelias pectivo.
por parte do autoridades quo alardean de Afortunadamente la Suprema Corto ton un poder nociamento puesto en sus manos.
drá el buen criterio de apreciar las pruebas El Sr. Diaz Solo la contestado osa acurendidas (lo castigar la avidez de las au sación digna y valientoinente. Manifestó toridarles Jaliscienses, confirinando el am que pedía so liiciera cosar todo procediparo quo on Colima conquistó el inteligen mionto en su contra en virtud de no haber to Abogado Trinidad Padilla.
hecho ninguna apreciación goneral sobre la conducta del funcionario quo se dice ultrajado, sino simplos imputaciones precisas y concretas sobre un hecho determiJuez poco escrupuloso. nado, al abuso de autoridad, y que estando pendiente una acusación ante el tribunal Homos dado conocer nuestros locto pleno, del resultado de osa acusación y de res la protesta enérgica que en San Luis las averiguaciones consiguientes, depondoPotosí publicó ol Sr. Antonio Diaz Soto y rá el saber si aquellas imputaciones son Gania, contra las arbitrariodades do que, calumniosas o están justificadas. Agregó, on unión do José María Facha, fué víc que no liabia atacado la vida privada, sino tima por parte del Juez Benito Carrizales la pública del funcionario querellanto y y del Agente del Ministerio Público Ma que estaba protegido por los principios liriano Niño. El asunto ha tomado una di berales sobre libertad de imprenta.
rección que nadie se esperaba. El Juez Ya hablaremos de este asunto. Nos inCarrizales se creyó injuriado por esa pro dignan las arbitrariedades y más nos in. testa y presentó acusación en contra del digna aún, que la autoridad arbitraria, sin