2 REGENERACTON.
III.
con la ley oivil, porque el depositario reci probó lo contrario. No estaba, pues, autobía los objetos sin inventariarso, sin saber rizado el Juez, con el objeto de dar un barqué se le entregaba, y sin que se hubiese niz de legalidad su fallo, para decir que acreditado en autos quo el depositario te Mata vió la planta, para deducir de allí, conia bionos raíces había dado fianza sufi mo seguramente dedujo erróneamente, que ciento para responder de su manejo. Estas Mata era cómplice en el delito. Si Mata no irregularidades son de trascendencia, y leyó la planta, y por tanto, no supo lo que pueden resolverse en abusos.
ella decía, mal puede designársele como cómplice en el delito, y por ende, el Juez no debió de reducirlo prisión, ni sentenEn nuestro número hicimos notar que ciarlo, sin cometer una arbitrariedad.
Luis Valdés no había presentado con su querolla el testimonio de mandato otorgado por Morcenario, y que, sin einbargo, Dijimos en nuestro núin. 8, que el Juez el Agente del Ministerio Público había da había comprendido en el aseguramiento dedo entrada la querella. En vista de los rivado de la quorella de Paz, piedras y diautos, hemos descubierto una irregulari seños que no tienen relación con el delito.
dad más grave todavía.
En efecto, aparecen en autos unos diseños En la comparecencia que so redactó an de caricaturas del Presidente de la Repúte el Agento de Ministerio Público, éste di blica, de Justo Sierra y otros más, que co, que so presonió ante él el Lic. Valdés, no fueron denunciados. Al asegurar esos on su calidad cle apoderado do Antonio objetos, el Juez obró ilegalmente, ocasioMercenario, como lo acreditaba con el po nando serios perjuicios al dueño de las pieder que exhibia. No es ciorto, pesar de aras litográficas, quien se ha visto privado que el Agente lo afirme, que se haya jir e de sus elementos de trabajo, quo no le insontado el poder el 10 de Junio de este demnizará nunca el Juez que cometió ose año, fecha de la cemparecencia, pues como atentado contra la propiedad, reduciendo dijimos en nuestro reforido número, el la impotencia un factor económico, que si poder «sacóse para el mandatario, el 11 de no produce un desequilibrio general, sigJunio. es decir, el día siguiente al de la nifica la supresión de una energía produccomparecencia. La nota del timbre se pagó tiya.
el mencionado 11 de Junio, dato que conVI.
firma que Valdés no tenía en sn poder, y Uno de los puntos más graves de este por lo mismo no pudo presentarlo, el tesnegocio, es un acto del Juez Correccional timonio do mandato el 10 de Junio.
limitando la defensa del Sr. Remigio MaResulta, pues, que el Agente del Ministerio Público asentó en la comparecencia teos con determinaciones ilegales.
En la audiencia de 25 de Julio de este de quorolla, dojó quo so asentase, un hocho inexacto, procedimionto del que deben aſio, celebrada en el incidente de acumuhuir los funcionarios públicos, por más lación promovido por el Agente del Ministerio Público, el Sr. Lic. Eduardo Fuenque doséon sorvir su mejor amigo.
tes, defensor del Sr. Matoos, manifestó que IV.
hasta la fecha de la audiencia se le había El Juez dijo en su sentencia, que Luis rehusado ver el proceso. El Juez, en vista Mata liabía visto la planta do un número de esa manifostación, lo «permitió (el Juez denunciado de «El Hijo del Ahuizoto. llama permiso su obligación) que se hiAl recibir Mata la planta para si impro ciera cargo del auto cabeza del proceso, sión, naturalmente que la vio; pero el Juez poderes presentados y auto do formal pritoma ese acto on ol sentido de quo Mata sión de su defenso, no habiéndole perinitileyó la planta. Isto os inexacto. El proce do, por más que lo solicitó, inspeccionar sado afirmó on su declaración preparatoria las demás constuncias de los procesos»
que no había leido la planta, y no se lo «Ho lo mostró solamente como con