REGENERACIÓN de Minatitlán. de Dublán y Mández, tomo pág. 96: Subscribiéndome do Uds. Bu afmoy El matrimonio colobrado antos logitima México, Enoro de 1901. Diaz BERmente con persona distinta do aquella con Deja, Srio. CC: RR. de «REGENERA: quion go protonda contracr, antes de que se CIÓN. Prosontos.
disuelva el primero, La roforido frac. IX del art. 159, ouyuelvé también en su redacción deficionto, to en la comunicación autorior, expresando Quodan servidos los dorcos manifestados inándolo a la lotra, oglind surdo: El goyundo matrimonio os nulo, cia.
aunque se haya anulado el primero o el cónyige lubioge inucrto. En consocuoncia, la nulidad que el precepto logal ci Del Cantón tado so refioro, no delo provonir do que 11 haya liabido simplemnonto un primor matrimonio, sino de quo on ol momonto de colobrarse al sogundo, ol vínculo dol pri Coatzacoalcos, Enoro 11 do 1901.
inoro oxista todavia, interpretación que es Srs. Lic. Jesús Floros Magón, y Ritá do acuordo con la doctrina de los anto cardo lloros Magón.
ros de todos los tiom pos, hasta con la de Directores de «REGENERACION.
RACION aquollos quo han oscrito in luonciados por Nóxico.
el projuicio religioso.
Buy Soholas Infog Mucho halaga quo los tribunalos so. de En Novie. nbro y Diciombro del atio quo diquen ostos ojorcicios do intorprotación, acaba do terminar, se ofoctuaron en el porque ollos van descubriendo las cloficion Cantón do Minatitlán cainbios politicos: cias y erroros do nuestros Códigos, con ol on Noniombro rocibió ol Juzgado do objeto de quo cl logislador procuro Buon Instancia ol Lic. Rafaol Il. Loporena, quo mionda y nuostras loyos vayan perfeccio fuð en vindo oxpl osamonto para esclarecer Dándose continuanionto.
ol «luidoso asunto alcón» y on Dicionivro tomó posesión dlo la Jofutura política el Sr. Alberto do Ciugvara. El Sr. Loperena e3 hombro do ordon y moralidad, y olSr. Cruovara, aunquo muy jovon y con algunas onomistados on ol Cantón, os proCOLEGIO DE AGENTES DE NEGOCION. MÉXICO.
grosista y liboral.
El do Noviembro do 1900 fub tontro En junta gonoral celebrada ol dia seis la Villa do Júltipan do Morolos, portonadel corrionte por los mismbros die osto Co cionto osto Cantón como población la legio conforme los artículos 16 dol Re más importanto on su coliso, do un oscanglamento y 18 do la ley do 17 do Octubre daloso atentado contra la autoridad, ojocude 1867, fuoron electos para forinar la jun tado por el Lic. Antonio Falcón, quo vota monor dol mismo, quoclobe funcionar. en nia recibir el Juzgado (lo Instancia y ol presento año, las porgonas siguientes: estaba do paso por osa Villa. Es el caso Prosidonto. Gregorio Landa.
quo, sin causa logítima, agrodió alovosaVicepresidonto Amado Gonzáloz Avila. inonto al Caboclo Ronda, Eulogio MartiSecretario. Pedro Díaz Borulon. nez, quo era cl Jofo la autoridad suproProsscrotario. Francisco Muric. ina para cuidar (lol ordion esa nocho, dánTesororo.
Dlanuol Lazo.
dolo un bofotón, al quo diclo cabo contosPromotor. Ignacio Solares.
to con un garrotazo on momentos quo TalLo que tongo la honra do participar acón lo disparó dos tiros do rovolvor, hiUds. suplicándoles su pūblicación on el riondo gravomonto al Cabo y huyendo on poriódico qilo dignamente redactan. seguida. Acompañaban Falcón el joven ELECCIONES.