REGENERACIÓN.
11 dice. Rospecto de los jueces y domás onImportante.
pleados dol ramo judicial, así como los do hacienda pública, son patentes las razones Recomendamos a nuestros por las que se ha consorvado la prohibición. subscriptores, locales y foráneos, El tomor de falta de imparcialidad, funda se sirvan reclamarnos los númesólidamento la fracción La legislación ros que no hayan recibido de antigua decia. Eesto es defendido.
porque non dostoruassen los otros metién selos, y al mismo tiempo, nos innuestro periódico, para remitirdolos en costa, por razon dol polerio de la conocencia que han con los de la Corte. diquen con toda exactitud sus El temor de falta de imparcialidad cuan domicilios, pues como dijimos en do se trata de asuntos en que intervione el nuestro número anterior, hay musuperior jorárquico. el poderio y la cono chos individuos que gustan de leer cencia que estos han con los de la Corte, no sin que les cueste el valor del pemongua por que se presente en nombre de riódico. Esto sucede con especialos consocios en lugar de representar a los clientes. lidad en los Juzgados y JribuAltamente peligroso es sentar como nales; pero para su escarmiento, principio de jurisprudencia, un exporliente los apercibimos de publicar sus al alcance de todo el mundo, para ser ges nombres, si con sus maquinaciotor judicial, por encima de la prohibición nes continúan entorpeciendo el expresa de la ley.
servicio de nuestra publicación.
Todo juez, todo magistrado, pueden en lo sucesivo litigar en nombre de cualquiera casa de comercio, valiéndose del inoconto ardid de presentar, en vez de un testimonio de poder, comín y corriento, una EL PROCESO escritura de sociedad en que se designe al VELÁZQUEZ funcionario público con el nombre, supongannos, de sindico con porsonalidad para representar a la sociedad en juicio, y litiEl Sr. Agente del Ministerio Público gar en su nombre.
Belisario Cicero, quien como anunciamos El expediente sería perfectamente viola en uno de nuestros números anteriores, torio de la loy en su espiritit y sumamense había pasado el proceso seguido contra el Juez 1º. Correccional Wistano te peligroso, como se está deinostrando actaalmente en el mismo negocio, donde se lázquez en el asunto Diez de Bonilla, ha dictó esa resolución, y en el cual el podedovuelto ya el expediente con el pedimenrío y conocencias que ha en las cortes el to respectivo.
Magistrado León, obtuvo la complacencia El pedimento dol Agente, conclayo con desmedida de un juez correccional, que ha la declaración de que no hay delito algumerecido la censura de la Suprema Corte no que perseguir, lo que no nos admira, dada la defensa incondicional que hizo del y la incoación de un proceso, y ha obtenido juez procesado, ante el Jurado de Responque se excuse otro juez correccional, sabilidades.
que no se encontró con valor civil bastanpara contrarrestar ese poderío y el poso Como el nuovo pedimento contiene alde esa conocencia.
gunos puntos nuevos basados en las diligencias que se han practicado ante el Sr.
Juoz Instructor, nos ocuparemos de él brevemente en nuestro próximo número, y decimos brevemente, porque como han sido pasados los autos a la parte acusadora, el