10 REGENERACION.
Al Sr. Gobernador del tros hemos visto, en un juicio testamentario, esta promoción. pido que la SecretaEstado de México. ría certifique que en tal número, ya agotado, del periódico fulano, se convocó los herederos, etc. Anto del Juez. Al Como vorá Ud. por la contestación que Ministerio Público. Esta no ora cuestión damos en este número, en nuestra «Sección trascendental que tuviera que resolver el de Consultas. al Sr. Dámaso Aguirre, de Ministerio Público, quien debe tener una Ozumba, parece que D. Cirilo del mismo profunda cortesanía, para no llamar al Juez apellido se le ha roducido prisión arbi la atención sobre sus autos inmotivados.
trariamente y que continúa en ella disLos traslados que deben correrse al Miposición del Juez 2º de 1a Instancia del nisterio Público, están determinados por mencionado Distrito. Como actos de esta la ley. En los demás casos, como parte, naturaleza, do ser ciertos, provocarían el tiene perfecto derecho para oponerse desprestigio de la administración de Jusuna determinación para apelar de ella.
ticia de oso Estado, creemos prudente po este efecto, el Ministerio Público debe nerlos on conocimiento de Ud. fin de que concurrir diariamente los Juzgados pase sirva procurar que el Visitador do Juzra ostar al tanto de los juicios en que gaclos averigüo sobre la verdad de esos he debe intervenir; pero no deben ser auchos y ponga el correctivo necesario.
mentadas las labores de esa institución, con perjuicio de los litigantes, para quienes cada auto inmotivado de esa especie, CORRUPTELAS JUDICIALES significa la pérdida de varios dias, con detrimonto de la pronta administración de justicia.
Con suma frocuencia, con una tenacidad que mejor oncarrilada podría resolverse en magníficos esultados, algunos de nuestros jueces dol ramo Civil, acostumbran dictar Carencia de autos que dicen. Al Ministerio Público. meditación y estudio.
La más insignificante promoción en los expeclientes en que debe intervenir el representante de la sociodad, ol dotalle más La suprema aspiración del litigante es nimio, la más sencilla manifestación de los que los Juecos estudien y mediten los nolitigantes, obtienen ese acuerdo que el gocios que se someten su resolución; peescribionte redacta, poseído ya de la obse ro parece que con frecuencia se pronuncian sión judicial.
los fallos sin que precedan meditación ni La misión del Ministerio Público ha do estudio. Este procedimiento, contrario la generadlo. Ya no auxilia la pronta admi obligación del Juoz, hace cundir el desanistación de justicia. Ahora so ha conver liento en los litigantes que huyen de todo tido en el asesor obligado del Juez, que lo que signifique litigio, con mengua del por poroza, redacta ese auto Jacónico, qui buon nombre de la Administración de Juszá para que el Ministerio Público estudie ticia.
una cuestión quo al Juoz toca estudiar. El Sr. Juez 2º Suplente del Juzgado Pero muchas veces, no es la poreza ni de Distrito de esta Capital, acaba de darla falta de ilustración la que sugiere esos nos un ejemplo de esa falta de meditación autos. Afirman algunos litigantos que esos y estudio, en un amparo promovido por autos se redactan, para que aumente en Luis Gómez. este sofior se le ofreció un número más, la anémica lista de nego por Alejo del mismo apellido, pagarle cios que algunos Juecos envían al «Bole la mitad del corretaje corospondiente la tin Judicial. Quizh tongan razón. Noso venta de una casa, y así consta en la mina