Anarchism

2 KEGENERACION.
ojos para mostrarnos toda la tristo verulad se ponen obrar por su cuonta y riesgca de ntiostra condición; por eso hecho, los ol sollu porsonalista que el Coral. Diaz immás ciogos y los más aferrados la idea de primiú los asuntos públicos, está, si no quo en México se raspiotan los precoptos próximo, si amenazado de perecor; porquo logalos, so, convencerán do que no existe por más que todos los Secretarios de Estamás ley que la voluntad, y quo los precep do estén dispuestos seguir trabajanıla tos que hay que obedecer los dicta cl ca inspirándose en la politica del Presidente, pricho.
no lograrán hacorlo coino si él hubiera Conforme al articulo Constitucional ci guiado ol despacho do los negocios, y no tado, ol Prosirlonto ha contravenido algu lo lograrán, porquo cada uno do ellos, con na do sus dos partos, sabor: el Gral. su temperamento y caracter particularos, Díaz dospacha en Cuernavaca, y on oso ca dará sus resoluciones cl sollo de su perso laco mal, porque la residencia de los Po sonalidad, por más que con toda sul voluderes os ol Distrito ederal, y jror otra tad están sixpuestos continuar la obra poparte, la clarlo al Estadu do Morelos supre litica del Gral. Diaz. londrá por lo tanto nacia sobro los domás de la Federación, o que resultar, una completa anarquía c!
bien el Presidente no dospacha y entonces la Administración una abrumadora parasa la separado del ejercicio do sus funcio lización de los nogocios públicos, en caso 11os, abandonándolas. Là actitud del Gral. de quo no oncontrándose los Secretarios do Diaz on la actualidad está coinprondida en Estado con las fuerzas suficientes para desalguna de las dos partes do csts dilema. rachar por si solos los negocios, prefieran Cualquicra solución, la más torcida quo despachar únicamente los asuntos do tripretenda dárselo, sorá de que há infringi vial resolución, los insignificantes, aquedo el art. 81 de la Constitución, llos quo rutinariamento dospaclia, y con La iufracción do cualquiera do las dos ventaja, el ultimo y más inopto de los cspartos del mencionado articulo es gravo. crilicntes do una oficina įjública y en los Ella implica el desconocimionto de un pro que el Secretario no hace más que firmar, cepto sagrado. or ol cloisconocimiento do Esos males son terribles. La paralizaeso articulo, el Cral. Díaz se ha abrogado ción de los negocios, tieno quo producir la facultad do cambiar la rosidencia de los una anomia profunda cn la AdministraPoderos, si claspacla cu su actual residen lciu. Tal es lo que aconteco con el abancia, no dosompoía sus funciones, en caso dono dol ejorciciu do las funciones del Predo que continuen on la Capital csus mis sidente, aparlo de olros trastornos ile camos Poderes, siondo físicamente imposibloráctor político. sostener lo contrario.
Islamos, pues, fronto frento de una No tratando, por lo jironto, do lo sorios infracción a la Constitución, quo rovisto perjuicios que pueden originarso la Nación con tan anómala situación politica, silma graverlac. Falta alhora conocer la quo por lo demás, facil es calcularlos, porpenalidasl que arrastra tal infracción.
que si ouando ol Gral. Diaz proside los ConEl artículo do la Ley de dc Nosejos de los Secretarios do Estado, los noviembre de 1870 sobre delitos oficiales do gocios caminan mal ccómo caminarin ałorn altos funcionarios de la Foderación, dice: que cada uno do los Secretarios, acostum. Son delitos oficiales en los altos funciobrados, como ostaban, no toner voluntad narios de la Foderación. cualquiera juropia ni ninguna iniciativa, sino tener infracción de la Constitución loyes fedola voluntad y la iniciativa del Prosilinir, sales en jilindos do gravedad» el articutienen quo obrar por si misnos?
lo de la misma ley declara que. El deSi obran por si mismo, si su crilorio lito o icial se castigará con la destitución tienen que ajustar las resoluciones do los col encargo en cuyo desempeño se haya divors03 110gocios que se les han oncomen cometido, y con la inliabilidad para obtedado, si sin jefo quo los dirija y los guie ner el mismo otro encargo empleo de