REGENERACION.
principio, no habría inconveniento alguno, leyes no pueden ser alteradas por cualquier puos igual dorocho tione el que reclama un juez, necesitándose para corregirlas hompeso que el quo reclama un millón, sino ol bres estudiosos inteligencias superiores, que se establociera un rocurso rápido, co y on México, los jueces no estudian.
mo lo exigen las necesidades de los litigantes. Ese recurso podría ser ol de rovocación do la sentencia que despojo, de cuyo REGENERACIÓN ecurso conocería el Juez inmediato en número al que la pronunció. Con el esta«Con ese nomiro ha empozado publiblecimiento de esto recurso, aumentaría on carse en México un poriódics que se 1: ja algo el trabajo de los Jueces Menores, pe pono señalar lus abusos de la judicatula, lo se satisfaria una exigencia de la Justi onderezar la jurisprudencia, moralizar la cia, que tiende precisamente ovitar dosgonto (le curia, cte, etc. Labır tan moritoigualdades. De esa manera, si no en todos ria soria de secundarso si fuora piblo lolos casos, si on los más, se destruiría la ingrar los altos fines que el colega so propojusticia cometida por el Juoz Menar qno ne; hoy por hoy os imposible, porquo ello hubiese pronunciado una sentencia que so oponen, la vez quo ol obstinado lesa despojo, pues bien sabido es que algunos peto a la rutina, al tralicionali ına, ticJuccos se guían más por los dictados de cuentemonte disfrazados do justicia, cl sersul capricho que por los ordenamientos de vilismo reinarte q112 someta los juecos al la ley. Con más razón se muestran capripozler ejecutiv. haciendo do c! los unos serchosos cuando la ley, la práctica, lɔs Haco vidores del caciquismo, Bion sabon los Vio irresponsables.
lientes redactores del periódico quo 1108 Lic. EUGENIO ARNOUX, referimos, que la inamovilidad de los juec03 fué vuelta motivo do risa, porque no 00. 2venia al poder tomarla en sorio, como quo Hay que ajustarse la do ella arranca la independencia judicial, base única do su regeneraciór.
ley y no al capricho. No obxtanto, bueno os que liaya quien se proponga fustigar los jueces prevariYa hemos dicho que algunos jueces no cadores, los abogados chicaneros, los ajustan sus autos y decretos las provoncurialos rapacos, porque eso movimionto cioncs legales, sino los dictados de su caqilo, lo ropotimos, no rogeneraría la julpricho.
dicatura, haria al monos que la nuova generación do ahogados se fijo ideales inás leEl Código do Procodimientos Civiles or dena, que cuando un Juoz tenga quo diri sional más bien definida y que adquiera el vantados, que tenga una honradez profcjiro otro para encomendarle la práctica santo horror al medio reinante, horror que de alguna diligencia, y este juez no sea del le haría propender una reforma radical inismo distrito judicial, pero sí esté sujoto y completa.
al mismo Tribunal Superior, no será nece. Tendrá horror esos jueces, q110 polsario oxhorto en forma, sino simple oficio.
que se sionten apoyados por el gobierno, Ahora bion, los jueces Serret y López docomisan imprentas y encarcelan pcrioRoinano, 1º y 3º rospoctivamento del ramo distas troche y moche sin que haya ni la civil, no cumplen conosa provensión, y diri sombra del dolito; quo ven con puniblo iijon exhortos en forma al Juez de Instan diferencia pasar semaras y mosos al pricia do lalpam, sin importarles el mandato sión de un inocente, sin que les con ane do la ley y complicando los negocios que de concluir el proceso; quo eciben uhisepor su naturaleza son sencillísimos, quios de los litigantes para torcer la juztiria, Esperamos que ostos procedimientos ca buscando en el sofisma un calmanto para prichosos, serán corregidos, pues nuestras el escozor del remordimiento; y que deso