REGENERACION. 008, en las fuentes científicas, de dónde es por un entrefilet que insertamos en nuesté tomado eße compendio; debo buscarae tro número anterior, y cn el que dimos la on los expositores do la ciencia que, con noticia de que dicho señor, se permitió mansultando la historia, analizando escrupulo dar apercibir con lo que hubiera lugar, samente las consecuencias de los principios los Jurados que no concurriesen al sortos legales en la infinita complicaión de los ac frospectivo del Jurado que hábia de conotos civiles, buscando la razón generadora cor de la responsabilidad que se exije al la causa verdadera por que se ha adoptado Juez de Paz de Toltepec.
tal cual principio do justicia, tal cual for Nos recomienda el Sr. Zubieta, que antes mala jurídica, corrigiondo las imperfoccio do dar nuestra opinión, rovisomos las leyes, nos de los textos legales que conducen Con pena manifestamos al Sr. Presidente contradiciones y conflictos, buscando la ar de la Sala del Tribunal Superior, que monia unidad de los principios do justi las hemos revisado y en el entrefiletalndido, cia adoptada en oso Código, nos dan con hicimos notar que el art. 342 del Código sus enseñanzas y observaciones el verdade de Procedimientos Penalos, on su parte firo sontido de la loy, nos revelan su vorda nal, previene que cuando no concurrioro el dero objeto y propósitos, nos conducen número que dicho artículo señala, se ropepenetrar la verdadera y nataral tendencia tirá la insaculación sorteo que ordena el del pensamiento dojusticia imperfectamen 311, pero no impone pena alguna los juto vaciado en los textos logales (Pallares. rados faltistas ni autoriza ningún apercibiHé allí el criterio que adoptamos para miento.
interpretar la ley, interpretarla, no es Ya vé ol Sr. Zubieta que no hablamos de violarla, sino solo ponerla en relación con memoria.
el pricipio cietifico queextracta, con la docPor otra parte, si chocan osas citaciones trina que compondia.
con apercibimiento, choca más el tener que Sostenemos con el maestro Pallares que 35porar la persona que con tanta urgenel abogado y el Juez no somos simples de cia manda hacer la citación, para determiJotradores de palabras en los Códigos, sino nada hora, y que se presenta más tarde, que hemos de penetrar su sentido jurídico haciendo perder inútilmente su tiempo con la ayuda do la ciencia de donde ellos los postalantes que viven de su trabajo.
ostán tomados.
Ahora bien, nosotros deseamos saber en En ese terreno hemos planteado la cues qué loy leyes se fundó el Sr. Lic. Zubietión, y en el sostenemos, que no dar cabida ta para citar con apercibimiento y hacerse la diligencia de lanzamiento por falta de esperar con perjuicio de las personas citapago de Tentas, cuando existiendo un con das.
trato de arrendamiento, que puede probarso por todos los medios que la ley permite, pero que se haya perdido no haya llogado redactarse por escrito, es un dislate Algo sobre jarfdico, es una iniquidad, que no puede notificaciones.
contener la loy por más que sus palabras, bayan tendido una rod al ponamiento del (COLABORACIÓN)
logislador.
La legislación es la base del orden 80cial. Mientras ella os más perfecta, mion.
El Sr. Zubieta. tras sus principios se acercan más la noción abstracta de justicia, el grupo social croco y so desarrolla con mayor vigor, y al crecer y desarrollarse, las necesidades Se nos dice que el Sr. Magistrado Don de la época van aumentando y con ellas la Jose Zubieta, ostá sumamento disgustado gran noecesidad de reforma que se impodisgustado.